LEY 3812

 

Reparación de puentes sobre el Arroyo Maldonado, en San Martín.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la reparación de los puentes situados sobre el arroyo Maldonado, uno en la calle Santamarina y otro en la calle Reconquista, de la zona urbana del par­tido de General San Martín, y cuyos pre­supuestos ascienden a tres mil quinientos noventa y siete, y seis mil doscientos se­tenta y cinco pesos con cincuenta centavos moneda nacional, respectivamente, de acuerdo con los estudios efectuados por el Ministerio de Obras Públicas.

 

ARTÍCULO 2.- Impútese los gastos correspon­dientes al ítem 129 del Presupuesto vi­gente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecu­tivo.