DEPARTAMENTO DE GOBIERNODECRETO 689

 

 

La Plata, 27 de abril de 2007.

 

 

VISTO el Expediente Nº 2100-18121/06, por el cual la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación promueve la implementación del Pliego Tipo de Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado en la Secretaría General de la Gobernación, y

 

 

CONSIDERANDO:Que el Artículo 14 del Reglamento de Contrataciones -Decreto Nº 3300/72 y modificatorios- propicia como regla general que los procedimientos de contratación en el ámbito de la Administración Provincial se rijan sobre la base de un Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y por los Pliegos Tipo de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Básicas por Tipo de Demanda, cuando ésta fuere reiterativa;Que sobre esa base y mediante el Decreto Nº 1676 de fecha 26 de julio de 2005, se implantaron el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios y los Pliegos Tipo de Condiciones Particulares para la Adquisición Individual y Unificada de Bienes e Insumos, complementados con la incorporación del Catálogo de Bienes y Servicios del Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común, mediante la cesión acordada con el Gobierno Nacional a través de la firma del “Acta Complementaria - Cooperación Técnica y Cesión Gratuita y su Addenda Complementaria”;Que este conjunto normativo ha posibilitado la aplicabilidad de aquella regla general, erigiéndose en uno de los puntales para la gestión de abastecimiento y, por lo tanto, replicable en tanto solución para atender a otro tipo de demandas, tal cual se preveía inicialmente;Que en esta oportunidad y sobre la base de los antecedentes y las regulaciones referidas, la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación impulsa la implementación del Pliego Tipo de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado en distintas dependencias de dicha Jurisdicción, con la finalidad de regir los procesos mediante los que se ha de resolver su prestación;Que en sus redacciones se buscó armonizar los requisitos formales, subjetivos y objetivos, de acuerdo al texto de los últimos avances en materia contractual, conforme a la letra de los Decretos Nº 787/04, 2698/04, 1676/05 y 89/07, en pos de implementar un procedimiento claro y transparente, dotado de la necesaria agilidad y eficiencia a fin de obtener una mayor y mejor concurrencia al llamado del Estado Provincial a efectuar ofertas, que paralelamente respete los principios de publicidad e igualdad;Que por otro lado y sobre la base de la dinámica vinculada con los avances tecnológicos y su necesaria especificación y flexibilidad, deviene necesario delegar en la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación la facultad de mantener actualizados los documentos que por el presente se aprueban;Que en orden a posibilitar la efectiva utilización del Pliego Tipo y de las Especificaciones Técnicas Básicas y sobre la base de los principios de celeridad y eficiencia, la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa ha elaborado plantillas de campos editables, que habilitan el vuelco de los datos necesarios para completar los referidos documentos, sin desnaturalizarlos ni alterarlos;Que aprovechando las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones y a los fines de lograr la más amplia difusión y a su vez el resguardo de la validez de todos los documentos integrantes del presente Decreto, se prevé por un lado, la publicación en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires de los archivos correspondientes para que puedan ser descargados por los Interesados en forma remota desde cualquier lugar, y por otro, dar a conocer a través de su publicación en el Boletín Oficial y en dos (2) diarios de circulación nacional, el Digesto Digital Seguro (Hash) obtenido a partir del procesamiento mediante algoritmo MD5 de los referidos documentos, según lucen en el Anexo 6, a fin de resguardar los documentos publicados digitalmente y brindar la seguridad de que se corresponden con la versión que por el presente se aprueba;Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el Artículo 14 del Reglamento de Contrataciones, aprobado por Decreto Nº 3.300/72 y modificatorios;

 

 

Por ello,

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

 

 

ARTICULO 1º. Aprobar el “Pliego Tipo de Condiciones Particulares para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación”, elaborado por la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa dependiente de la mencionada Secretaría el que, como Anexo 1, forma parte integrante del presente y que regirá en el futuro las contrataciones que deba realizar dicha Jurisdicción.ARTICULO 2º. Aprobar las “Especificaciones Técnicas Básicas para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación, elaborado por la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa dependiente de la mencionada Secretaría las que, como Anexo 2 forman parte integrante del presente y que regirán en el futuro las contrataciones que deba realizar dicha Jurisdicción.ARTICULO 3º. Aprobar la “Planilla de Cotización para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación”, elaborado por la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa dependiente de la mencionada Secretaría la que, como Anexo 3, forma parte del presente y que regirá en el futuro las contrataciones que deba realizar dicha Jurisdicción.ARTICULO 4º. Aprobar los archivos digitales correspondientes a la “Planilla de Campos Editables (PCE) - Pliego Tipo de Condiciones Particulares para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación” y la “Plantilla de Campos Editables (PCE) – Especificaciones Técnicas Básicas para la Contratación del Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación”, elaboradas por la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa dependiente de la mencionada Secretaría, cuyas versiones impresas lucen como Anexos 4 y 5 del presente Decreto y que deberán ser utilizados para el llenado de los campos editables de los documentos que se aprueban por los Artículos 1º y 2º, respectivamente.ARTICULO 5º. Facultar a la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, a efectuar las adecuaciones formales al texto de los Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 que se aprueban por los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º, respectivamente, cuando aquellas no alteren su parte dispositiva.ARTICULO 6º. Publicar en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº 3.300/72 y modificatorios, los archivos digitales correspondientes a los documentos aprobados por los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º del presente Decreto.ARTICULO 7º. Publicar en los términos establecidos en el Anexo 6, los Digestos Digitales Seguros (Hash), procesados mediante algoritmo MD5 y expresados en formato hexadecimal, correspondientes a los archivos digitales de los documentos aprobados por los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º del presente Decreto.ARTICULO 8º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.ARTICULO 9º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar.

 

 

Florencio A. Randazzo

 

 

Felipe Solá

 

 

Ministro de Gobierno

 

 

Gobernador

 

 

ANEXO 6

 

 

Publicidad y Difusión del Digesto Digital Seguro (Hash) de los archivos digitales correspondientes a los documentos que se aprueban por los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º del presente Decreto.La publicación del Digesto Digital Seguro (Hash) de los archivos digitales correspondientes a los documentos que se aprueban por los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º del presente Decreto, se efectuará por tres (3) días en el Boletín Oficial y por un (1) día en dos (2) diarios de circulación nacional.

 

 

La publicación deberá contener la siguiente información:

 

 

* Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa - Secretaría General de la Gobernación

 

 

* En el marco de su política de simplificación y transparencia de las compras del Estado Provincial, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires pone en conocimiento de sus proveedores, contratistas, interesados y de la ciudadanía en general, que se encuentran publicados en el sitio Web oficial (www.gba.gov.ar) los archivos digitales correspondientes al Pliego Tipo de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas tendientes a regir los llamados para contratar el Servicio Periódico de Fotocopiado de la Secretaría General de la Gobernación, así como sus Planillas de Campos Editables y de Cotización. A los fines de garantizar la seguridad en su utilización, se informa el Digesto Digital Seguro (Hash), calculado en todos los casos con algoritmo MD5 y expresado en formato hexadecimal, correspondiente a cada uno de ellos:

 

 

* Si el Hash del archivo descargado no se correspondiere con el aquí publicado, el contenido del archivo no tendrá validez. Informe a la Dirección Provincial de Informática y Comunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación cualquier anomalía (Teléfonos (54) (221) 429 - 4148 / 4149).

 

 

NOTA: Los anexos 1, 2, 3, 4 y 5, podrán ser consultados en el sitio web de la Provincia de Buenos Aires (www.gba.gov.ar).