L E Y 12885
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de General Daniel Cerri, Partido de Bahía Blanca, designado catastralmente como: Circunscripción XIII; Sección K, Manzana 254, Parcela 4, Partida 5385, cuya titularidad obra a nombre de Casiano Boo y/o quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior, será transferido a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para ser destinado a la construcción de un gimnasio y un gabinete de ciencias para la Escuela de Educación Media N° 7.
ARTICULO 3.- Declárase la urgencia de la expropiación prevista en la presente Ley.
ARTICULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la Ley.
ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.