Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 181/18 E
LA PLATA, 27 de Febrero de 2018.
VISTO el expediente Nº 2400-3974/17 mediante el cual tramita el llamado a Licitación Pública Internacional en el marco del “Proyecto de Construcción del Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca”, para la realización de la obra: “Construcción del Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca”, en los partidos de Bahía Blanca, Villarino y Coronel Rosales, a financiarse por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) a través del Préstamo CAF 9088 (Etapa I) y el Préstamo CAF en proceso de aprobación (Etapa II), y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones convocó a Licitación Pública Internacional para la obra: “Construcción del Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca”, en los partidos de Bahía Blanca, Villarino y Coronel Rosales; con fecha límite para la presentación de ofertas el día 15 de Septiembre de 2017 a las 11:30 horas y fecha de apertura de ofertas el día 15 de Septiembre de 2017 a las 12:00 horas conforme RESOL-2017-213-E-GDEBA-MIYSPGP, y que fuera prorrogada mediante la emisión de la Circular N° 7 aprobada por RESOL-2018-130-GDEBA-MIYSPGP trasladando la fecha límite para la presentación de ofertas para el día 6 de abril de 2018 a las 11:30 horas y la fecha de la apertura de ofertas para el 6 de abril de 2018 a las 12:00 horas;
Que a fojas 8318/8422 la Subsecretaría Administrativa acompaña para su incorporación la circular modificatoria N° 8 elaborada por la Dirección Provincial de Agua y Cloacas, la cual modifica los Artículos N° 2 “Alcance de la Propuesta”, N° 4 “Terminología”, N° 8 “Plazo de Ejecución del Contrato”, N° 9 “Garantía de los Trabajos”, N° 15 “Capacidad Jurídica”, N° 20 “Forma de Cotizar”, N° 25 “Evaluación de las Ofertas”, N° 35 “Requisitos para Ejecutar la Obra”, y N° 42 “Cumplimiento de Normas Municipales” del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Particulares, como así también acompaña para su incorporación la Circular N° 3 elaborada por la Dirección Provincial de Agua y Cloacas, con el fin de dar respuesta a las diversas consultas efectuadas dentro del plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por potenciales oferentes;
Que a fojas 8308 consta la conformidad del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) a la Circular N° 3, y las modificaciones propuestas en la Circular modificatoria N° 8, la cual fuera oportunamente remitida a la CAF bajo la denominación “Circular modificatoria N° 7” conforme surge de la nota de la Unidad de Coordinación y Ejecución de Proyectos de Obra (UCEPO) de fojas 8307;
Que consecuentemente resulta necesario aprobar la Circular N° 3, y la Circular modificatoria N° 8 la cual modifica los Artículos N° 2 “Alcance de la Propuesta”, N° 4 “Terminología”, N° 8 “Plazo de Ejecución del Contrato”, N° 9 “Garantía de los Trabajos”, N° 15 “Capacidad Jurídica”, N° 20 “Forma de Cotizar”, N° 25 “Evaluación de las Ofertas”, N° 35 “Requisitos para Ejecutar la Obra” y N° 42 “Cumplimiento de Normas Municipales” del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Particulares;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 14.989 y el artículo 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar la incorporación de la Circular N° 3 y Circular modificatoria N° 8 Anexo I – (PLIEG-2018-02181984- GDEBA-SSADMMIYSPGP; PLIEG-2018-02198443-GDEBA-SSADMMIYSPGP) al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Particulares de la obra “Construcción del Acueducto Río Colorado – Bahía Blanca” en los partidos de Bahía Blanca, Villarino y Coronel Rosales.
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para que proceda a publicar la Circular N° 3, a través de la Unidad de Coordinación y Ejecución de Proyectos de Obra en el sitio de internet del Organismo Ejecutor http://www.ec.gba.gov.ar/areas/finanzas/organismos_multilaterales/enCurso.php conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 3°: Autorizar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para que proceda a publicar los avisos respectivos de la aprobación de la Circular modificatoria N° 8, debiendo publicar los mismos con una anticipación mínima de treinta y cinco (35) días corridos y por el término de un (1) día en el Boletín Oficial, por un (1) día en dos (2) diarios de circulación nacional, y en el sitio de internet del Organismo Ejecutor http://www.ec.gba.gov.ar/areas/finanzas/organismos_multilaterales/enCurso.php conforme establecido en las directrices y lineamientos de CAF para los procesos de contratación para Clientes del Sector Público, y hasta la fecha de la apertura en el sitio de internet de gobernación http://www.gba.gov.ar, conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura
y Servicios Públicos
C.C. 1935