LEY 12637

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1°- Declárase de interés provincial la realización del Salón Anual de Arte Joven Bonaerense y el Salón Trienal de Artes Plásticas "Florencio Molina Campos", organizados y reglamentados por la Dirección de Bellas Artes Bonaerense.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.