LEY 12637
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1°- Declárase de interés provincial la realización del Salón Anual de Arte Joven Bonaerense y el Salón Trienal de Artes Plásticas "Florencio Molina Campos", organizados y reglamentados por la Dirección de Bellas Artes Bonaerense.
Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.