Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 989-2017-E
LA PLATA, 17 de Octubre de 2017.
VISTO el expediente Nº 5834-2182230/2017, los artículos 85 inciso d), 94, 95, 96, 97, 98 y 99 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206; la Resolución CFE Nº 116/10; la Resolución CFE Nº 280/16; la Resolución CFE Nº 315/17; la Resolución CFE Nº 324/17; los artículos 104 y 105 de la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 en su artículo 85, inciso d) establece que el Ministerio de Educación de la Nación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, debe implementar una política de evaluación concebida como instrumento de mejora de la calidad de la educación;
Que en su artículo 94, la Ley de Educación Nacional le asigna al Ministerio de Educación de la Nación la responsabilidad principal en el desarrollo e implementación de dicha política;
Que para cumplir con dicho mandato se requiere de un sistema de evaluación integral del sistema educativo que permita dar cuenta, a partir de diferentes dispositivos y estrategias, del estado de situación y evolución de variables centrales de funcionamiento del sistema, conforme lo establece el artículo 95 de la Ley de Educación Nacional;
Que la Ley Nº 13.688 establece que la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos los habitantes;
Que mediante la Resolución CFE Nº 280/16 se aprueba la implementación del Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa y se establece que cada jurisdicción debe garantizar la implementación conforme sus respectivas responsabilidades;
Que en la mencionada resolución se determinó que a partir del año 2016, el dispositivo nacional de evaluación de aprendizajes se denominará Aprender, con carácter anual en todo el país; del mismo modo se implementará un proceso de autoevaluación para las unidades educativas en la Provincia de Buenos Aires;
Que la Provincia de Buenos Aires, mediante la Resolución N°480/16 resolvió participar del Aprender;
Que la Resolución CFE Nº 280/16 ha sido modificada y complementada por la Resolución CFE Nº 324/17, al tomar en consideración las lecciones aprendidas y propuestas de mejora derivadas de la aplicación del dispositivo Aprender durante el año 2016, del uso y devolución de la información obtenida por éste y del informe técnico elaborado en la órbita de la Secretaría de Evaluación Educativa del Ministerio de Educación de la Nación en consecuencia;
Que Aprender es el dispositivo de evaluación nacional que pretende colaborar con la construcción de información oportuna y de calidad que permita ampliar el conocimiento sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje en nuestras escuelas, contribuyendo a que las decisiones de política se orienten hacia una educación más justa y de mayor calidad;
Que Enseñar es el dispositivo que se incorpora al Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa, a través de la Resolución CFE Nº 324/17, con el propósito de aportar insumos para la formación docente a partir de evaluaciones e instrumentos de recolección de información a estudiantes, docentes y directores de Institutos de formación docente;
Que mediante la Resolución CFE Nº 315/17 se aprueba el desarrollo de una caja de herramientas de instrumentos de autoevaluación institucional que abordan las múltiples dimensiones de la vida escolar y se establecen los lineamientos de una política de autoevaluación institucional para todas las instituciones educativas;
Que en la Provincia de Buenos Aires los dispositivos estarán a cargo de la Dirección Provincial de Planeamiento, a través de la Dirección de Evaluación e Investigación Educativa;
Que la Dirección Provincial de Gestión Educativa trabajará en forma conjunta con la Dirección Provincial de Planeamiento en la logística de los dispositivos Aprender y Enseñar.
Que la implementación de los dispositivos nacionales en la Provincia de Buenos Aires requieren de especificaciones sobre el desempeño de los actores involucrados, las que serán instrumentadas en los 3 (tres) Anexos de la presente resolución en los que se determinarán los detalles de su ejecución, los alcances y objetivos de las tareas a realizar, los recursos necesarios para cumplirlos, plazos, obligaciones, pagos y contribuciones de cada una de las partes, y demás aspectos de implementación;
Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69 inciso e) de la Ley Nº 13.688;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Participar del Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa a través de los dispositivos Aprender y Enseñar.
ARTÍCULO 2°: Aprobar el Anexo I IF-2017-03496065-GDEBA-DPDPDGCYE que consta de 8 páginas, el Anexo II IF-2017-03496552-GDEBA-DPDPDGCYE que consta de 5 páginas, y el Anexo III IF-2017-03496666-GDEBA-DPDPDGCYE que consta de 3 páginas, que integran la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: Implementar los dispositivos mencionados en los apartados precedentes, a través de la Dirección Provincial de Planeamiento por medio de la Dirección de Evaluación e Investigación Educativa.
ARTÍCULO 4°: Establecer que la logística de los dispositivos Aprender y Enseñar 2017 será realizada por la Dirección Provincial de Planeamiento en forma conjunta con la Dirección Provincial de Gestión Educativa.
ARTÍCULO 5°: Aplicar la Autoevaluación Institucional en las unidades educativas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6°: La presente Resolución será refrendada por el Subsecretario de Educación y el Subsecretario de Políticas Docentes y Gestión Territorial.
ARTÍCULO 7°: Registrar la presente Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma; comunicar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías Administrativa y de Educación; a la Dirección Provincial de Planeamiento; a la Dirección Provincial de Educación Primaria; a la Dirección Provincial de Educación Secundaria; a la Dirección Provincial de Educación Superior; a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada; a la Dirección Provincial de Gestión Educativa; publicar en el Boletín Oficial; entréguese copia al Centro de Documentación e información educativa (CENDIE), cumplido archivar.
Sergio Siciliano Gabriel Sánchez Zinny
Subsecretario Director General
de Educación de Cultura y Educación
María Florencia Castro
Subsecretaria
de Educación
ANEXO I
DISPOSITIVO DE EVALUACIÓN APRENDER
Durante el ciclo lectivo 2017, el dispositivo APRENDER se llevará a cabo el día 7 de noviembre en todas las secciones del último año de Nivel Primario y de Nivel Secundario. También se realizará una evaluación muestral en el 4º año de Nivel Primario. No habrá suspensión de clases ni cambio de fecha, aun cuando la evaluación no se pueda realizar por razones de fuerza mayor.
Se evaluarán los conocimientos de acuerdo a la Tabla 1.
Tabla 1. Conocimientos que se evalúan por Nivel y Año en el dispositivo APRENDER.
Sobre las funciones de los actores con relación al dispositivo APRENDER:
Referente jurisdiccional.
Forma parte del conjunto de funcionarios responsables en cada jurisdicción de la implementación de Aprender. Es designado por las autoridades jurisdiccionales y trabaja articuladamente con el resto de las áreas pertinentes para el desarrollo del dispositivo Aprender. Sus responsabilidades son establecer la organización, capacitación, difusión y supervisión de todos los procesos y agentes implicados, en articulación con las autoridades jurisdiccionales y la Secretaría de Evaluación Educativa. Asegurar que se cumpla la normativa establecida por la Resolución Nº 324/17 del Consejo Federal de Educación.
Junta Jurisdiccional de Observadores.
Está compuesta por cinco observadores: uno designado por la Secretaría de Evaluación Educativa, uno designado por la Unidad de Evaluación de la propia jurisdicción, y tres designados por la Unidad de Evaluación de otra jurisdicción. Sus responsabilidades son observar la correcta implementación del dispositivo, redactar un informe sobre lo acontecido y elevarlo a la Secretaría de Evaluación Educativa y a los referentes jurisdiccionales.
Equipo Técnico Jurisdiccional:
Son quienes acompañarán al Referente Jurisdiccional en las tareas relativas a la implementación de APRENDER en las escuelas.
Referentes Regionales:
Son el nexo entre el Equipo Técnico Jurisdiccional y los Distritos de la región educativa a la que pertenecen. Serán designados por los Inspectores Jefes Regionales, dos Referentes Regionales por cada región, uno por gestión estatal y uno por gestión privada. Acompañan y supervisan las labores de los Coordinadores de Cabecera de sus regiones, a quienes deben dar el alta en la Plataforma Provincial de Monitoreo de la Evaluación. Como resguardar la confiabilidad del instrumento y su confidencialidad es de suma importancia, es trascendental destacar que frente al no cumplimiento de su resguardo, podría ser pasible de sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
Coordinadores de Cabecera.
Son designados por cada jurisdicción. Es el intermediario entre el referente jurisdiccional y los directivos-veedores.
Tiene la responsabilidad de informar los datos que le sean requeridos tanto desde la Secretaría de Evaluación Educativa como por el referente jurisdiccional en todas las fases de la implementación a través de diferentes medios de comunicación. Otras responsabilidades incluyen trabajar en conjunto con el referente jurisdiccional, con quien estará en comunicación permanente y con la SEE. Colaborar en las instancias de formación de directivos y docentes, participar de capacitaciones con el referente jurisdiccional. Acordar una agenda con el referente jurisdiccional y los directivos - veedores y establecer etapas de reporte, confeccionando los informes correspondientes y la información consolidada en planillas destinadas para tal fin, que deberá enviar a través de diferentes medios de comunicación, así como completando la Plataforma Provincial de Monitoreo de la Evaluación con los datos de los veedores a su cargo. Ordenar y pautar la entrega, repliegue del material. Realizar tareas organizativas junto al referente regional (capacitación, respuesta a inconvenientes, comunicación con las escuelas). A su vez, debe coordinar la llegada y el repliegue del material con referentes del correo postal. Como resguardar la confiabilidad del instrumento y su confidencialidad es de suma importancia, es trascendental destacar que frente al no cumplimiento de su resguardo, podría ser pasible de sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
La distribución y repliegue del material deberá realizarse el mismo día de la aplicación.
Veedores.
Son los directores/rectores de las escuelas donde se aplicará Aprender. Sus responsabilidades incluyen asistir a las capacitaciones que convoque su jurisdicción. Monitorear la implementación de Aprender en sus escuelas, garantizando el resguardo y la confidencialidad del material en todo momento. Retirar el material de las cabeceras y devolverlo al concluir la aplicación en el mismo día. Completar las planillas de veedor y entregarlas a su coordinador de cabecera e ingresar los datos de los aplicadores que vayan a evaluar a su escuela en la Plataforma Provincial de Monitoreo.
Comunicarse con los coordinadores de cabecera en caso de eventualidades. Como resguardar la confiabilidad del instrumento y su confidencialidad es de suma importancia, es trascendental destacar que frente al no cumplimiento de su resguardo, podría ser pasible de sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
Docentes - Aplicadores.
Son designados por la autoridad de la jurisdicción para aplicar la prueba a estudiantes en una escuela distinta a la que se desempeña como docente, citados en el marco de las previsiones del Artículo 114 m 1.1 del Estatuto del Docente Ley Nº 10.579 y sus reglamentaciones complementarias. Cada docente-aplicador tendrá una sección asignada por turno.
Sus responsabilidades son: asistir a las capacitaciones que convoque su jurisdicción; sensibilizar a sus estudiantes acerca de la importancia de asistir el día de Aprender a clases y contestar la prueba a conciencia. Abrir la caja con los materiales dentro del aula designada y garantizar el resguardo y la confidencialidad del material durante toda la evaluación, cerrar la caja y devolverla cerrada al directivo-veedor. Consignar los datos que se le soliciten en la planilla del aplicador. Como resguardar la confiabilidad del instrumento y su confidencialidad es de suma importancia, es trascendental destacar que frente al no cumplimiento de su resguardo, podría ser pasible de sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
Estudiantes.
Son los actores principales de Aprender. Su responsabilidad es asistir el día de la evaluación y responder todos los ítems a conciencia. Es muy importante que conozcan la relevancia y las implicancias de la información que surgirá de Aprender.
Familias.
Deben transmitir a las niñas, los niños y jóvenes la importancia que tiene su participación. Es esencial que conozcan la importancia y efectos positivos de la evaluación en el futuro de la educación de sus hijos, y garanticen su asistencia a la escuela el día de la evaluación.
Excepciones: Escuelas anexo, de personal único, entre otras.
Resulta relevante precisar algunas cuestiones con respecto a quiénes responderán el Cuestionario al Director en el caso de escuelas anexo, de personal único, entre otras.
●Escuelas que funcionan como anexos con secciones independientes, donde el director o directora no estará presente y no tienen otra autoridad en funciones: se sugiere que sea el docente con mayor antigüedad quien oficie de veedor. Este docente será quien conteste el cuestionario del director. Para los anexos que funcionan con secciones múltiples, atender en cuál de los siguientes casos se inscriben.
Sobre los criterios para la selección de las escuelas pares:
● Se respetará siempre el turno en que el docente aplicador trabaja para que concurra a la escuela designada en la que será agente del dispositivo.
● Las escuelas pares pertenecerán al mismo tipo de gestión, estatal o privada, salvo casos donde sea imposible por el número y distancia entre las mismas.
● Se conformarán pares de escuelas teniendo en cuenta la cercanía, tratando en lo posible de que los desplazamientos sean los mínimos necesarios. Para las escuelas rurales que a juicio del Veedor estén a una distancia que dificulta los desplazamientos desde y hacia ella, decidirá conjuntamente con el Coordinador de Cabecera, con la colaboración de los Inspectores Regionales y Distritales quién se constituirá en agente aplicador.
● En los casos que sea posible, subordinado a la disposición geográfica, la conformación de los pares de establecimientos tendrá en cuenta la cantidad de secciones de cada una en los años a evaluar, de manera que sean equivalentes.
Sobre los pagos por las funciones realizadas:
El pago a Referentes Regionales y Coordinadores de Cabecera se hará por transferencia bancaria directa del Ministerio de Educación de la Nación. Para los Veedores y Aplicadores, la jurisdicción recibirá la transferencia para su liquidación junto a los haberes correspondientes, similar a la modalidad de los pagos por FONID.
Es importante la carga precisa de datos en la Plataforma Provincial de Monitoreo de la Evaluación para la eficiencia del pago a los actores involucrados.
Sobre aspectos vinculados a las ART
En el ámbito de la gestión estatal: la actividad del personal estará comprendido de acuerdo a lo establecido por el decreto 923/2014, el que determinó que a partir del 1 de noviembre de 2014 quedan comprendidos en el Régimen de Autoseguro previsto en la Ley 24.557 concordantes y modificatorias, todo el personal de la Administración Pública Provincial.
En el ámbito de la gestión privada, el seguro en que se inscribe cada participante del dispositivo APRENDER en la forma de Aseguradora de Riesgos de Trabajo debe ser notificado oportunamente sobre los desplazamientos, (los que serán enmarcados en la figura de Salida de Representación Institucional) y estadía, a fin de extender la cobertura de forma extraordinaria el día 7 de Noviembre.
ANEXO II
DISPOSITIVO DE EVALUACIÓN ENSEÑAR
Durante el Ciclo lectivo 2017, el dispositivo ENSEÑAR se llevará a cabo el día 31 de octubre en la Provincia de Buenos Aires en una muestra constituida por 81 Institutos Superiores de Formación Docente, 47 pertenecientes a gestión estatal y 34 de gestión privada. Será monitoreada por un cuerpo de observadores federales externos, uno destinado a cada establecimiento.
En esta primera etapa, Enseñar brindará elementos de diagnóstico del sistema de formación docente en torno al conocimiento de algunas capacidades específicas por parte de los estudiantes de 4° de los Profesorados de Nivel Inicial, Nivel Primario y Profesorados de materias del ciclo básico de Educación Secundaria (Matemática, Lengua/ Lengua y Literatura, Historia, Geografía, Biología, Física, Química e Inglés). En esta primera etapa 2017, el diagnóstico se enfocará en las tres capacidades identificadas como más relevantes dentro del Criterio pedagógico como capacidad general: planificación de la enseñanza, implementación de estrategias de enseñanza y evaluación de los aprendizajes.
Sobre las características de los dispositivos de evaluación e información
Se desarrollarán dos modalidades de evaluación: una dirigida a la muestra representativa y otra destinada a ser aplicada de modo exploratorio a una muestra acotada a un número de casos. Esta última modalidad pretende indagar sobre posibles formas más acabadas de evaluación de futuros docentes.
Modalidad de evaluación I
Estudiantes
Directores
Modalidad de evaluación II
Se recogerán evidencias cualitativas de las prácticas y de los aprendizajes realizados por los estudiantes y la perspectiva de los actores a través de, por ejemplo, portfolios, diarios de práctica de los estudiantes; entrevistas, observaciones y cuestionarios a tutores de las residencias o práctica.
Tanto los Observadores, Directores y Aplicadores: deben resguardar la confiabilidad del instrumento y su confidencialidad ya que es de suma importancia, es trascendental destacar que frente al no cumplimiento de su resguardo, podría ser pasible de sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
ANEXO III
PROPUESTA DE AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL
La Autoevaluación Institucional es una propuesta democrática, participativa y formativa para la mejora de la calidad educativa. Recupera y sistematiza experiencias previas de autoevaluación a nivel jurisdiccional y nacional, recomendaciones de talleres colaborativos con docentes y directivos, con las direcciones jurisdiccionales de evaluación y con el Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD).
Consiste en una caja de herramientas compuesta por distintos módulos que permiten ser autoadministrados por parte de las instituciones educativas.
Durante el ciclo lectivo 2017 se realizará en todas las escuelas de Nivel Primario y Nivel Secundario de la provincia de Buenos Aires la Autoevaluación Institucional, con la implementación del módulo 2 ¿Cómo evaluamos?
La jornadas de trabajo están dirigidas a toda la comunidad educativa -directivos, docentes, estudiantes y familia, y se desarrollarán de forma obligatoria y sin suspensión de clase los durante el mes de Septiembre. Asimismo, a partir del mes de noviembre se realizará la carga de los aportes para la mejora en la plataforma digital de autoevaluación.
Consistirá en un módulo digital compuesto por recursos virtuales, fichas y 4 ejercicios autoadministrados. Abordará temáticas relacionadas con autopercepción, coherencia entre enseñanza y evaluación, criterios de evaluación y aportes para la mejora del Proyecto Educativo Institucional.
Funciones de la unidad jurisdiccional de evaluación:
● Implementar una política de autoevaluación institucional en todas las instituciones educativas de la educación obligatoria.
● Solicitar asistencia técnica y apoyo financiero para la implementación de la caja de herramientas de instrumentos de autoevaluación institucional.
● Informar periódicamente a la Secretaría de Evaluación Educativa del Ministerio de Educación de la Nación la nómina de escuelas que implementan procesos de autoevaluación institucional y el grado de avance de los mismos.
● Dictar los actos administrativos pertinentes para garantizar la implementación de los procesos de autoevaluación institucional basados en la caja de herramientas.
Funciones del jefe regional y jefe distrital:
● Sensibilizar a la comunidad educativa de las escuelas a su cargo sobre la implementación de la autoevaluación institucional.
● Alentar a los equipos directivos respecto del proceso de implementación de la autoevaluación institucional, valorando la importancia de la autoevaluación de las prácticas escolares.
● Acompañar y brindar orientaciones a los equipos directivos y equipos facilitadores para la generación de las condiciones iniciales requeridas en la puesta en marcha de la autoevaluación institucional en las escuelas.
● Mantener estrechos vínculos con los equipos facilitadores de las escuelas a su cargo, garantizando su conformación y solicitándoles información actualizada sobre sus procesos autoevaluativos.
● Proponer estrategias e instrumentos facilitadores específicos para enriquecer los dispositivos de la política de autoevaluación en la zona de supervisión a su cargo, tomando la normativa de referencia y potenciando las fortalezas de su contexto.
● Comunicar a las autoridades educativas jurisdiccionales el cronograma de implementación de la autoevaluación institucional en las escuelas y garantizar cumplimiento.
● Realizar el seguimiento y el control de gestión de la carga de aportes para la mejora del proyecto institucional por parte de las escuelas en la plataforma virtual.
● Colaborar en la logística que se disponga para la llegada de los materiales de autoevaluación institucional y evaluación APRENDER a las escuelas.
C.C. 14177