DECRETO 411/18
La Plata, 13 de mayo de 2018.-
Referencia: 2200-4744/2018. Comisión Interministerial para la Cuenca del Río Matanza – Riachuelo
VISTO el expediente N° 2200-4744/2018, mediante el cual se gestiona la transferencia de la Comisión Interministerial para la Cuenca del Río Matanza – Riachuelo al ámbito del Ministerio de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nacional Nº 26.168 se creó la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo como ente de derecho público interjurisdiccional;
Que por el artículo 13 de la citada Ley se ratificó el Acuerdo Compromiso “Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo”, suscripto el 28 de agosto de 2006 entre el Presidente de la Nación, el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Intendentes de los Partidos que integran la Cuenca;
Que, en la cláusula segunda del citado Acuerdo Compromiso, las partes se comprometieron a impulsar en el ámbito de cada una de sus respectivas jurisdicciones, el dictado de normas que materialicen la ejecutividad de la Ley Nacional;
Que a través de la Ley Nº 13.642 la Provincia de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional Nº 26.168;
Que por Decreto Nº 2.667/09 se creó la Comisión Interministerial para la Cuenca del Río Matanza – Riachuelo, con el objeto de coordinar, articular e impulsar acciones y participación de los organismos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el ente interjurisdiccional mencionado;
Que la referida comisión requiere la intervención coordinada de las distintas carteras de Estado con competencia en la materia en los términos de la Ley de Ministerios Nº 14.989;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Establecer que la Comisión Interministerial para la Cuenca del Río Matanza – Riachuelo creada por Decreto Nº 2.667/09 y modificatorios funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno.
ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 2º del Decreto Nº 2.667/09 y modificatorios, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º. La comisión creada por el artículo anterior estará integrada con carácter permanente por un representante titular y uno suplente, por parte del Ministerio de Gobierno, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, del Ministerio de Economía, del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia, del Ministerio de Agroindustria, del Ministerio de Desarrollo Social, del Ministerio de Producción, del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Ministerio de Trabajo, de la Dirección General de Cultura y Educación, de la Secretaría General, del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, y del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, y será presidida por el representante del Ministerio de Gobierno.
Los representantes serán designados por las autoridades máximas de los organismos antes mencionados y deberán ser funcionarios con rango no inferior a Director Provincial o nivel equivalente, conforme los cargos vigentes de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1.869/96 y modificatorias)”.
ARTÍCULO 3°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Joaquin De La Torre Federico Salvai
Ministro Ministro
Ministerio de Gobierno Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires