FUNDAMENTOS DE LA LEY 15210

HONORABLE LEGISLATURA:

El presente proyecto de ley tiene por finalidad declarar a la localidad de Villa de Mayo, perteneciente al partido de Malvinas Argentinas.

Cada 4 de diciembre Villa de Mayo celebra su aniversario, en conmemoración a la resolución firmada en el año 1911 por el ministro de Obras Públicas Ezequiel Ramos Mejía, por medio de la cual se denominó Villa de Mayo a la estación homónima de la actual línea ferroviaria Belgrano Norte.

Según el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 la localidad cuenta con una cifra oficial de 48.417 habitantes. Villa de Mayo se compone de los siguientes barrios: Villa de Mayo, Guadalupe y Parque Alvear.

Actualmente, la localidad goza de un equipamiento socio-administrativo y de una infraestructura física y de servicios adecuados a sus necesidades y, es importante resaltar en orden a las exigencias establecidas por Ley Provincial № 10.806, un importante desarrollo comercial, funcionando en ella una sucursal del Banco Supervielle.

En otro orden, Villa de Mayo reúne las características de desarrollo urbano referentes a la delimitación geográfica, espacios verdes y libres de uso público. V

illa de Mayo cuenta con medios de transporte que la vinculan con el resto de las localidades de Malvinas Argentinas. Asimismo, tiene catorce escuelas secundarias, doce escuelas primarias, y siete jardines de infantes. Cuenta con dos centros públicos de salud primaria, posee un polideportivo, cinco sociedades de fomento y desde la década del 70’ tiene la Parroquia de Nuestro Señor de los Milagros de Mailín.

Como se advierte, los aspectos reseñados cumplen en los requisitos exigidos por la Ley № 10.806 para hacer procedente la declaración como ciudad de la localidad de Villa de Mayo. Cabe remarcar que el presente proyecto de ley se da en un marco de un año sumamente relevante para el municipio de Malvinas Argentinas, ya que el 10 de diciembre cumplirá veinticinco (25) años de vida institucional; conmemorándose, específicamente, la asunción del primer gobierno municipal malvinense, el 10 de diciembre de 1995.

Por los fundamentos expuestos, solicito a los señores legisladores y a las señoras legisladoras, acompañen con su voto positivo el presente proyecto de ley.