Fundamentos de la

 Ley 11142

 

            La modificaciones propuestas tiene el objeto de asignar eficientemente los recursos humanos en la Administración Pública que se encuentran dentro del régimen de la Ley 10.430, coadyuvando a mejorar la oferta de servicios públicos; asimismo es necesario e imprescindible internalizar los conocimientos del personal calificado y cualificado en las diferentes regímenes y/o niveles del estado, incluidos los cargos electivos, que hacen a la consolidación de las instituciones democráticas, de manera tal que permitan redefinir el perfil de un estado eficiente y eficaz.

            La política en el área de Recursos Humanos, debe ser compatible con aquel objetivo, donde se valoricen las aptitudes personales y se reconozca pecuniariamente dichas capacidades hecho que hace necesario reformular la Ley 10.430 en aquellos aspectos que hacen al personal de Planta Permanente, que haya desempeñado tareas de orden superior o asesoría, en relación a su cargo habitual de planta, y aquellos que habiendo cumplido tareas como las descriptas, no hayan desarrollado las mismas en cargos contemplados en la respectiva estructura orgánico-funcional aprobada por el Poder Ejecutivo en virtud de las consideraciones explicitadas precedentemente, hecho que hace necesaria para contemplar tales objetivos eximirlos de las condiciones del inciso a) del artículo 160.

            Aquellos agentes que hayan cumplido con las condiciones precedentes, les debe asistir el derecho y la obligación, al concluir las mismas, de incorporarse al personal de apoyo contemplado por la ley de referencia, contribuyendo a conformar el andamiaje logístico imprescindible, donde se sustenta todo proceso de toma de decisiones.

            El reconocimiento a la especialización y experiencias acumuladas en el manejo de la cosa pública, permite que el personal idóneo contribuya a jerarquizar el proceso decisional.