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Fundamentos de la
Ley 11142
La modificaciones
propuestas tiene el objeto de asignar eficientemente los recursos humanos en la Administración Pública
que se encuentran dentro del régimen de la Ley 10.430, coadyuvando a mejorar la oferta de
servicios públicos; asimismo es necesario e imprescindible internalizar los conocimientos del personal calificado y
cualificado en las diferentes regímenes y/o niveles del estado, incluidos los
cargos electivos, que hacen a la consolidación de las instituciones democráticas,
de manera tal que permitan redefinir el perfil de un estado eficiente y
eficaz.
La política en el
área de Recursos Humanos, debe ser compatible con aquel objetivo, donde se
valoricen las aptitudes personales y se reconozca pecuniariamente dichas capacidades
hecho que hace necesario reformular la
Ley 10.430 en aquellos aspectos que hacen al personal de
Planta Permanente, que haya desempeñado tareas de orden superior o asesoría,
en relación a su cargo habitual de planta, y aquellos que habiendo cumplido
tareas como las descriptas, no hayan desarrollado las mismas en cargos
contemplados en la respectiva estructura orgánico-funcional aprobada por el
Poder Ejecutivo en virtud de las consideraciones explicitadas
precedentemente, hecho que hace necesaria para contemplar tales objetivos
eximirlos de las condiciones del inciso a) del artículo 160.
Aquellos agentes que
hayan cumplido con las condiciones precedentes, les debe asistir el derecho y
la obligación, al concluir las mismas, de incorporarse al personal de apoyo
contemplado por la ley de referencia, contribuyendo a conformar el andamiaje
logístico imprescindible, donde se sustenta todo proceso de toma de
decisiones.
El reconocimiento a
la especialización y experiencias acumuladas en el manejo de la cosa pública,
permite que el personal idóneo contribuya a jerarquizar el proceso decisional.
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