DECRETO 1967/00

 

La Plata, 15 de junio de 2000.

 

Visto el expediente 4089-2.991/99 por el que la Municipalidad de Pilar modifica la Zonificación según Usos vigente; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Organismos técnicos competentes se han expedido favorablemente bajo su exclusiva responsabilidad a fs. 30, 62/62 vta. y 68;

 

Que la referida modificación se encuadra en los términos del artículo 83º del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987);

 

Que atento lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 70/70 vta.), procede el dictado del acto aprobatorio;

 

Por ello

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Municipalidad de Pilar por la que se modifica la Zonificación Según Usos, conforme a la Ordenanza Nº 46/99, obrante a fojas 18 y 20, del expediente a que hace referencia al visto del presente y que forma parte integrante de este Decreto.

 

ARTÍCULO 2.- Déjase establecido que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario, deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56º,  62º y 63º del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. 1987), en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al MINISTERIO DE GOBIERNO a sus efectos. 

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.