LEY 213
Pago del déficit en los gastos de los hospitales de hombres y cárcel pública.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DELESTADO DE
BUENOS AIRES, ETC.
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que de las Rentas Generales y en la forma que ellas lo permitan, invierta la suma de trescientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y cuatro pesos, en el pago del déficit, que ha resultado en los gastos del hospital general de hombres y hospital de la cárcel pública.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.