LEY 5374

 

 

 

Transferencia a la Nación de la Escuela de Parteras

 

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE

 

BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

 

 

LEY

 

 

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Nación y el de la Provincia, con fecha 25 de Agosto de 1947 y por el que el Gobierno de esta última transfiere al de la Nación la “Escuela de Parteras de la Provincia de Buenos Aires”, dependiente de la Dirección General de Acción Médico Social del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con los alcances determinados por el Decreto número 13.787, del 7 de Junio de 1948.

 

 

ARTICULO 2.- Derógase la Ley número 3.234 sancionada con fecha 19 de Mayo de 1910, por la que se crea la  “Escuela de Parteras de la Provincia de Buenos Aires”.

 

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.