LEY 2741
Modificación de las partidas de sueldos de maestros de Olavarría y Arrecifes.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Auméntase a dos mil trescientos treinta pesos moneda nacional ($ 2.330m/n) mensuales, la partida de sueldos para los maestros ordinarios del distrito de Arrecifes correspondiente al Presupuesto de 1899.
ARTÍCULO 2.- Queda fijada en ciento treinta y dos pesos nacionales ($ 132) mensuales la partida para sueldos de maestros de las escuelas de adultos de Olavarría, durante el Ejercicio de 1899.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande esta Ley se pagará con los recursos de los referidos Consejos Escolares.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.