DECRETO 657/2022

LA PLATA, 14 de Junio de 2022

VISTO el expediente EX-2022-09791389-GDEBA-DPSYCTIPS del Instituto de Previsión Social, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Gabriela Andrea CASTROGIOVANNI en el cargo de Directora de Recaudación y Fiscalización, y la designación en su reemplazo de Héctor Hugo RICOTTA, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se propicia la aceptación de la renuncia, a partir del 5 de abril de 2022, de Gabriela Andrea CASTROGIOVANNI en el cargo de Directora de Recaudación y Fiscalización, quien había sido designada por Decreto N° 1634/18;

Que, asimismo, se impulsa la designación en su reemplazo de Héctor Hugo RICOTTA, a partir de la misma fecha, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar el cargo para el cual fue propuesto;

Que, en consecuencia, corresponde limitar la designación de Héctor Hugo RICOTTA en el cargo interino de Jefe del Departamento Tesorería, dependiente de la Dirección de Administración Contable, oportunamente dispuesta por Decreto N° 1858/2010;

Asimismo, se propicia reservar el cargo del citado agente, quien revista en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Clase 2, Grado II, Categoría 23, Oficial Principal 2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la citada jurisdicción;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que las personas salientes no poseen actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 14 inciso b), 23, 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.3.21 - Ministerio de Trabajo – Instituto de Previsión Social, a partir del 5 de abril de 2022, la renuncia presentada por Gabriela Andrea CASTROGIOVANNI (DNI N° 18.070.419 - Clase 1967) al cargo de Directora de Recaudación y Fiscalización, quien había sido designada por Decreto N° 1634/18, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.3.21 – Ministerio de Trabajo - Instituto de Previsión Social, a partir del 5 de abril de 2022, la designación de Héctor Hugo RICOTTA (DNI N° 22.904.461 - Clase 1972) en el cargo interino de Jefe del Departamento Tesorería, dependiente de la Dirección de Administración Contable, oportunamente dispuesta por Decreto N° 1858/10.

ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.3.21 – Ministerio de Trabajo – Instituto de Previsión Social, a partir del 5 de abril de 2022, a Héctor Hugo RICOTTA (DNI N° 22.904.461 – Clase 1972) en el cargo de Director de Recaudación y Fiscalización, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N ° 4161/96.

ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.3.21 - Ministerio de Trabajo - Instituto de Previsión Social, a partir del 5 de abril de 2022, el cargo del agente Héctor Hugo RICOTTA (DNI N° 22.904.461 – Clase 1972), quien revista en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.430, en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Clase 2, Grado II, Categoría 23, Oficial Principal 2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Mara Ruiz Malec, Ministra; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador