ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 100 de la ley 10579, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 100.- El personal provisional y suplente que se haya hecho pasible de la sanción prevista en el artículo 133, apartado II, incisos b) y c) por un período de tres (3) o más años, deberá solicitar su rehabilitación ante el Director General de Escuelas y Cultura con intervención del Tribunal de Disciplina para poder ser incluido nuevamente en los listados.”
ARTICULO 2.- Modifícase el artículo 11 de la ley 10579, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
”Artículo 11.- El Escalafón Docente General quedará determinado por los grados
jerárquicos en el siguiente orden decreciente:
a) Cargos en Organismos de Conducción Técnico-Pedagógica y Orgánico-Administrativo.
I- Director de Repartición Docente.
II- Subdirector de Repartición Docente.
III- Asesor Docente.
IV- Inspector Jefe.
V- Inspector.
VI- Secretario de Jefatura.
VII- Secretario de Inspección de Primera Categoría.
VIII- Secretario de Inspección de Segunda Categoría.
IX- Secretario de Inspección de Tercera Categoría.
Cargos en Servicios Educativos
u Organismos de Apoyo Técnico, de Perfeccionamiento e Investigación.
X- Director de Primera, Jefe de Primera de Equipo Interdisciplinario.
XI- Director de Segunda, Vice-Director de Primera, Jefe de Segunda, de Equipo Interdisciplinario.
XII- Director de Tercera, Vice-Director de Segunda, Regente Técnico o de Estudios (en establecimientos con ingreso por hora-cátedra), Coordinador de Centros o Distritos.
XIII- Secretario. Jefe de Area.
XIV- Prosecretario. Subjefe de Area.
XV- Ingreso por Cargo de Base: Maestro. Maestro Especial. Técnico Docente.
Ingreso por horas-cátedras: Profesor.
XVI- Ingreso por horas-cátedras: Ayudante de Cátedra.
b)
I- Jefe de Preceptores.
II-Subjefe de Preceptores.
III- Preceptor Residente.
IV- Ingreso por Cargo de Base: Preceptor.
c)
I-Jefe de Medios de Apoyo Técnico Pedagógico.
II-Ingreso por Cargo de Base: Encargado de Medios de Apoyo Técnico-Pedagógico.
Bibliotecario.”
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo