DECRETO 1996/2022

LA PLATA, 14 de Diciembre de 2022

VISTO el expediente EX-2022-37347547-GDEBA-DTAYLICULGP del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se propicia modificar el Decreto N° 90/2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, a través de su artículo 147, establece que el despacho de los negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros Secretarios y una ley especial deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los Ministerios;

Que la Ley N° 15.164, modificada por la Ley N° 15.309, determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los/as Ministros/as Secretarios/as, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que esta les confiere;

Que el artículo 47 bis de la mencionada ley establece las competencias del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, determinando sus funciones y atribuciones particulares;

Que por Decreto N° 90/2022 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires;

Que por el artículo 2° del mencionado decreto se determinaron los cargos que componen la mencionada estructura orgánico-funcional, enumerándose, entre ellos, el de un/a (1) Vicepresidente/a del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, con rango y remuneración equivalentes al cargo de Director/a Provincial;

Que entre las acciones atribuidas a la Vicepresidencia del citado instituto se encuentran la de asistir a la Presidencia en el diseño de las políticas culturales de la Provincia, intervenir en las actividades de las distintas áreas del instituto para el cumplimiento de las políticas públicas y objetivos propuestos, entender en la planificación y en el seguimiento de la gestión y proponer estrategias para la generación de recursos genuinos tendientes al desarrollo cultural, entre otras;

Que se evidencia la relevancia que reviste el/la Vicepresidente/a en el funcionamiento del Instituto Cultural se la Provincia de Buenos Aires, destacándose su importante rol en el diseño de las políticas de gestión de esa jurisdicción;

Que, en consecuencia, resulta pertinente modificar el rango y la remuneración asignados al cargo de Vicepresidente/a del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, otorgándole rango y remuneración equivalentes a Subsecretario/a;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Personal, la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica, la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, dependientes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público y la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 15.164 y modificatoria y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto N° 90/2022, dejando establecido que el cargo de un/a (1) Vicepresidente/a del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires tendrá rango y remuneración equivalentes al cargo de Subsecretario/a.

ARTÍCULO 2°. Establecer que el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador