DECRETO 1952/2022
LA PLATA, 5 de Diciembre de 2022
VISTO el expediente EX-2022-28561011-GDEBA-HZGADCGMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la aceptación de la renuncia de Juan Rodrigo ALDERETE al cargo de Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Doctora Cecilia Grierson" de Guernica - Partido de Presidente Perón, y la designación en su reemplazo del médico Alejandro Pablo BELLERI, y
CONSIDERANDO:
Que Juan Rodrigo ALDERETE presentó la renuncia, a partir del 8 de junio de 2022, al cargo de Director Ejecutivo, en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Doctora Cecilia Grierson" de Guernica - Partido de Presidente Perón, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 1165/21;
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el funcionario no posee actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, consecuentemente, se gestiona la designación, a partir del 13 de junio de 2022, como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Doctora Cecilia Grierson" de Guernica - Partido de Presidente Perón, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, del médico Alejandro Pablo BELLERI, de acuerdo a lo determinado por el artículo 9º de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, reglamentada por Decreto Nº 135B/03;
Que corresponde concretar dicha medida exceptuándola de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de la norma legal mencionada precedentemente, por cuanto en el nosocomio de marras no se ha constituido Consejo de Administración, y por contar el causante con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;
Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios;
Que, por su parte, Alejandro Pablo BELLERI reserva el cargo de revista como Médico de Hospital “A” - Especialidad: Clínica Médica - treinta y seis (36) horas semanales guardia en el nosocomio citado en el exordio del presente, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado - Decreto Nº 1869/96), y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 8 de junio de 2022, la renuncia presentada por Juan Rodrigo ALDERETE (DNI N° 24.937.689 - Clase 1975), como Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Doctora Cecilia Grierson" de Guernica - Partido de Presidente Perón, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 1165/21, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 13 de junio de 2022, , como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Doctora Cecilia Grierson" de Guernica - Partido de Presidente Perón, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al médico Alejandro Pablo BELLERI (DNI N° 20.775.435 - Clase 1969), de conformidad con lo establecido por el artículo 9º de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, reglamentada por Decreto Nº 135B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, con excepción de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de la citada norma.
ARTÍCULO 3°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 13 de junio de 2022, el cargo que posee Alejandro Pablo BELLERI (DNI N° 20.775.435 - Clase 1969) como Médico de Hospital “A” - Especialidad: Clínica Médica - treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dra. Cecilia Grierson” de Guernica, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo determinado en el artículo 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.