DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 391
La Plata, 10 de marzo de 2006.
VISTO: El Expediente nº 2208-121/05 por el cual se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno, oportunamente aprobada mediante Decretos nº 2107/98 y sus modificatorios nº 1814/02 y nº 2079/02, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario reformular la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, incorporando unidades orgánicas a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares y a la Dirección de Personal;
Que a los fines de atender los requerimientos funcionales de las mencionadas Direcciones y facilitar el adecuado logro de sus acciones, se propone la incorporación del Departamento Subsidios a la Dirección General de Administración; del Departamento Liquidación de Gastos a la Subdirección de Contabilidad de la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares y del Departamento Higiene y Medicina Laboral a la Subdirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal de la Delegación de la Dirección Provincial de Personal;
Que en consecuencia se requiere la sustitución de la estructura actual por una nueva que recepte las modificaciones propuestas, a los efectos de que las reparticiones involucradas ejerzan y cumplan sus cometidos con mayor eficiencia y eficacia;
Que han tomado debida intervención la Subsecretaría de Gestión Pública de la Secretaría General de la Gobernación, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno, correspondiendo el dictado del pertinente acto administrativo;
Que el Artículo 144º -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración Pública, a proveer la estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1º.-
Sustitúyese en la Jurisdicción 11107 MINISTERIO DE GOBIERNO, la estructura
organizativa de la Dirección General de Administración que fuera aprobada
mediante Decreto nº 2107/98 y sus modificatorios nº 1814/02 y
nº 2079/02,
por la que resulta del presente Decreto.
Artículo 2º.- Apruébase en la Jurisdicción 11107 MINISTERIO DE
GOBIERNO, la estructura organizativa de la Dirección General de Administración,
de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2 forman parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 3º.- Determínase para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Director General de Administración, UN (1) Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares, UN (1) Director Técnico Administrativo, UN (1) Delegado de la Dirección Provincial de Personal con rango y remuneración equivalente a Director, UN (1) Subdirector de Contabilidad, UN (1) Subdirector de Servicios Auxiliares, UN (1) Subdirector Administrativo, UN (1) Subdirector Delegado de la Dirección Provincial de Personal, UN (1) Jefe de Departamento Control de Gestión, UN (1) Jefe de Departamento Contable, UN (1) Jefe de Departamento Tesorería, UN (1) Jefe de Departamento Presupuesto, UN (1) Jefe de Departamento Contrataciones, UN (1) Jefe de Departamento Compras y Suministros, UN (1) Jefe de Departamento Liquidación de Haberes, UN (1) Jefe de Departamento Liquidación de Gastos, UN (1) Jefe de Departamento Registro Patrimonial, UN (1) Jefe de Departamento Mantenimiento, Talleres y Servicios, UN (1) Jefe de Departamento Automotores, UN (1) Jefe de Departamento Despacho y Protocolización, UN (1) Jefe de Departamento Mesa General de Entradas, UN (1) Jefe de Departamento Subsidios, UN (1) Jefe de Departamento Estructuras y Planteles Básicos, UN (1) Jefe de Departamento Capacitación, UN (1) Jefe de Departamento Laborales, UN (1) Jefe de Departamento Control de Asistencia, UN (1) Jefe de Departamento Legajos y UN (1) Jefe de Departamento Higiene y Medicina Laboral, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública Provincial Ley 10.430 Texto Ordenado Decreto 1869/96.
Artículo 4º.- El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso.
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Economía.
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese.-
MINISTERIO DE
GOBIERNO
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Programar, controlar y
ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable,
económica y financiera en el ámbito del Ministerio.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de los organismos de la
jurisdicción ministerial y controlar su ejecución, realizando los reajustes
contables pertinentes.
3. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
de las Subsecretarías y dependencias de la jurisdicción de acuerdo a las
normativas y reglamentaciones vigentes y en un todo de acuerdo con las
instrucciones que imparte el Ministerio de Economía.
4. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro
de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de
los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la jurisdicción,
como así también, organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a
compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás
actividades vinculadas a su competencia.
5. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del
personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el
debido control de la asistencia, confección y archivos de legajos y demás
actividades vinculadas al tema.
6. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario a
los organismos de la jurisdicción diligenciando las actividades propias a la
Mesa General de Entradas, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y
archivos de documentación, sistemas de informática, control y registro de redes
y PC, hardware y software, elaboración de mapas e índices de telefonía y todo
lo relacionado con los procedimientos y diligenciamientos de los actos
administrativos.
7. Organizar, supervisar y coordinar las acciones relacionadas con la
tramitación y otorgamiento de subsidios, implementando un sistema de
registración de solicitudes que facilite las actividades de contralor previo de
antecedentes y la posterior verificación de la correcta aplicación de los
fondos conforme normativa vigente aplicable.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO CONTROL DE GESTION
ACCIONES
1. Analizar, programar,
proponer e implementar las acciones necesarias a fin de llevar a cabo el
control de gestión interno relacionado con las operaciones
administrativas-contables de todas las reparticiones de la jurisdicción.
2. Elaborar los informes técnicos y dictámenes que, en materia contable, surjan
como resultado de los controles practicados, realizando por sí o a pedido de
las autoridades respectivas arqueos, inventarios, compulsas y peritajes.
3. Iniciar y desarrollar las investigaciones necesarias, implementando los
actos previos a la instrucción de los sumarios que puedan producirse en los
temas administrativos-contables.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO SUBSIDIOS
ACCIONES
1. Coordinar los
mecanismos de diligenciamiento de actuaciones administrativas vinculadas con el
otorgamiento de subsidios correspondientes a la jurisdicción.
2. Organizar y desarrollar los procedimientos de supervisión y tramitación administrativa
tendientes a favorecer el adecuado cumplimiento de los requisitos exigidos por
la normativa vigente aplicable en la materia, respecto de personas físicas,
instituciones o entidades de bien público, municipios y demás entidades
alcanzadas por la misma.
3. Ordenar y mantener actualizado el sistema de registración de solicitudes,
actuaciones, convenios suscriptos, datos de beneficiarios y demás antecedentes
que resulten necesarios para facilitar las actividades de contralor y
verificación posterior de inversión de fondos prevista por la normativa
aplicable.
4. Elaborar los informes en materia de control previo de admisibilidad y
verificación de cumplimiento de requisitos de presentación, atendiendo a
subsanar las insuficiencias detectadas en comunión con el eficiente
cumplimiento de las previsiones estipuladas en la normativa vigente aplicable
en la materia.
5. Desarrollar los canales de información y asesoramiento técnico en materia de
mecanismos de tramitación, requisitos y documentación exigida a los fines de
posibilitar un estricto cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y
determinar la implementación de todos los actos administrativo contables
necesarios para la gestión económico-financiera de la jurisdicción.
2. Organizar las actividades
inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores
asignados en la jurisdicción por la Ley de Presupuesto, Cuentas de Terceros y
otras formas, disponiendo la registración de su movimiento y la rendición de
cuentas documentadas y comprobable a la Contaduría General de la Provincia, con
detalle de la percepción y aplicación de dichos fondos y valores conforme a las
normas vigentes.
3. Intervenir en forma directa en la gestión previa y la ejecución de toda
compra o venta ejerciendo los controles y fiscalización pertinente, como así
también, en la ejecución de todos lo contratos.
4. Implementar y fiscalizar el registro de proveedores de la jurisdicción.
5. Coordinar, organizar y administrar el Registro Patrimonial de Bienes según
las normas y reglamentaciones vigentes y coordinar el funcionamiento y
supervisión de todos los sectores a su cargo.
6. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de servicios
auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias
de la jurisdicción.
7. Oorganizar e implementar las tareas inherentes a la liquidación y
formulación de pedidos de fondos de todo gasto que se abone a través de la
Tesorería de la jurisdicción.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONTABILIDAD
ACCIONES
Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Contable,
Tesorería, Presupuesto, Contrataciones, Compras y Suministros, Liquidación de
Haberes, Liquidación de Gastos y Registro Patrimonial.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO CONTABLE
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones
necesarias a la elaboración y control del presupuesto, incluyendo las distintas
etapas de registración y la determinación de residuos pasivos, deuda exigible y
su posterior seguimiento.
2. Efectuar la rendición de cuentas, control de cargos y descargos de fondos y
valores y confeccionar la cuenta general del ejercicio.
3. Realizar el control de la documentación entregada al Departamento Tesorería,
y la contabilidad de Fondos y Valores, Conciliaciones Bancarias y Registro de
Deudores Varios.
4. Determinar la imputación de las erogaciones y elaborar los estados diarios y
mensuales de ejecución presupuestaria, y controlar el cierre del ejercicio
económico.
5. Atender la contabilidad analítica de las cuentas de terceros.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO TESORERIA
ACCIONES
1. Coordinar y organizar
la recepción de fondos asignados a la Jurisdicción y disponer su depósito en
cuentas fiscales.
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingresos y
egresos. Administrar la Caja Chica, el fondo permanente y atender las gestiones
de divisas relacionadas con misiones al exterior.
3. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos y mantener actualizado y
controlar las altas y bajas de los documentos en garantías.
4. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos, manteniendo
informado al Departamento Contable sobre las operaciones de ingresos y egresos.
5. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales vigentes
Ley de Contabilidad y su Reglamentación -.
6. Elaborar el cierre del ejercicio financiero.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO
ACCIONES
1. Analizar los
anteproyectos de presupuesto de cada una de las reparticiones y organismos de
la jurisdicción de acuerdo a las instrucciones emanadas del Ministerio de
Economía, previa solicitud a dichas reparticiones y organismos de las
necesidades económico-financieras previstas para el ejercicio, evaluando su
razonabilidad.
2. Confeccionar los anteproyectos de Presupuesto a elevar al Ministerio de
Economía.
3. Realizar las reasignaciones de créditos en función del presupuesto
definitivo aprobado por la Honorable Legislatura y su distribución a los
distintos programas.
4. Ejercer el seguimiento y control de la aplicación del presupuesto aprobado.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Coordinar la recepción
y control de los pedidos de adquisición y su remisión al departamento Contable
para su compromiso, realizando, completando los pliegos, supervisando el
cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Contabilidad y el Reglamento de
Contrataciones.
2. Controlar las preadjudicaciones y confeccionar las adjudicaciones y órdenes
de compra originadas en distintos actos licitatorios y contrataciones directas.
3. Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de las estipulaciones
contractuales y diligenciar y verificar las facturaciones.
4. Organizar, mantener y actualizar el Registro de Proveedores y Licitaciones
de acuerdo a los datos que suministre la Contaduría General de la Provincia.
5. Elaborar los actos necesarios a la publicación de los anuncios de
licitaciones.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO COMPRAS Y SUMINISTROS
ACCIONES
1. Atender las
necesidades de compra por Caja Chica y realizar las compras urgentes y de menor
cuantía.
2. Efectuar la supervisión de almacenes y la recepción, control y atención de
vales de pedidos.
3. Practicar la administración de inventarios, mantener el economato, controlar
la distribución y los stocks mínimos.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE HABERES
ACCIONES
1. Organizar, disponer y
controlar las liquidaciones de sueldos y complementos para el personal de
plantas aprobadas y cargos superiores y mensualizados de la jurisdicción,
practicando las retenciones impuesta por las leyes y reglamentaciones vigentes
y efectuando las modificaciones que se produjeren según las incidencias de las
novedades comunicadas por la Delegación de la Dirección Provincial de Personal.
2. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos y movilidades conforme a
las normas en la materia, controlando las órdenes de pago y rendición de las
mismas.
3. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de
comercio, Instituto de Previsión Social, Instituto de Obra Médico Asistencial y
otras entidades e instituciones.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO REGISTRO PATRIMONIAL
ACCIONES
1. Organizar y efectuar
la registración de bienes muebles e inmuebles y las variaciones patrimoniales
en los libros contables, confeccionar las planillas periódicas y el balance para
la remisión a la Contaduría General del a Provincia, ejerciendo la
superintendencia de los registros patrimoniales de la jurisdicción.
2. Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos
a la gestión patrimonial.
3. Realizar la marcación física de los bienes en uso y de los inventarios
selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas reparticiones.
4. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la
jurisdicción, evaluando las necesidades reales de uso.
5. Atender la centralización y control de la información remitida por las áreas
y organismos por con descentralización funcional y realizar las gestiones
pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en
condición de rezago. Controlar y fiscalizar los depósitos y almacenes de bienes
en desuso.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE GASTOS
ACCIONES
1. Confeccionar las
liquidaciones de aquellos gastos que se abonen por la Tesorería del Ministerio
de Gobierno.
2. Confeccionar los pedidos de fondos de los gastos que se liquiden.
3. Producir informes técnicos en actuaciones referidas a intereses, multas,
actualizaciones monetarias, mayores costos, retenciones impositivas y
descuentos, y proceder a determinar los mismos.
4. Efectuar en las liquidaciones los descuentos en concepto de impuestos que
pudieran corresponder.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES
Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Mantenimiento, Talleres y Servicios y Automotores.
SUBDIRECCION DE
SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO MANTENIMIENTO, TALLERES Y SERVICIOS
ACCIONES
1. Elaborar y supervisar
los proyectos de modificaciones, ampliaciones y ejecución de obras, atendiendo
la documentación de planos, si fuera necesarios, y participar en la confección
de pliegos de licitación.
2. Organizar, coordinar y controlar el funcionamiento de los talleres generales
de mantenimiento, recibir las solicitudes y analizar su viabilidad y ejecución,
informar dando razón de las necesidades de compra y abastecimiento para los
mismos.
3. Organizar y programar la prestación de los servicios general de maestranza,
mayordomía, expedición, conmutador, traslado de bienes muebles y otros
necesarios para el formal funcionamiento del organismo, propios y/o contratados
y supervisar la conservación en perfecto estado de higiene de todas las
reparticiones y dependencias de la jurisdicción, como asimismo, la guardia
policial.
SUBDIRECCION DE
SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO AUTOMOTORES
ACCIONES
1. Organizar, programar y
efectuar la distribución del Parque Automotor de acuerdo a las necesidades y
según las prioridades determinadas, como así también, organizar, proponer y
controlar la reparación, mantenimiento y equipamiento de los vehículos.
2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones para el servicio. Organizar y
programar la asignación de choferes, confeccionar hojas de ruta y fojas de
comisión.
3. Inspeccionar el movimiento de las unidades y su estado de uso dentro y fuera
del radio de la ciudad, como así también, fiscalizar el uso y otorgamiento de
vales de combustible, realizando cuadros comparativos de consumo de combustible
y kilometraje de automotores.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar y dirigir
las actividades con la administración de los recursos humanos asignados a la
jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones
determinadas para el sector y en un todo de acuerdo a las pautas emanadas del
Organismo Central de Administración del Personal.
2. Organizar y controlar las gestiones, trámites derivados de los temas
laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
3. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios que
permitan cumplir con lo dispuesto en el estatuto del empleado público
provincial.
4. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el
efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de
asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los
agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y
pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
5. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes
del personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar
las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los
beneficios jubilatorios.
6. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los
planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera
administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras, de acuerdo a las
pautas fijadas y concertando criterios con los organismos competentes y las
relaciones en lo atinente a capacitación del personal con las reparticiones del
Ministerio y con el Organismo Central de Administración del Personal.
7. Organizar e implementar actividades de prevención y asesoramiento del
personal en lo relativo a la higiene, seguridad y medicina en el ámbito laboral
proyectando y proponiendo en coordinación con otras áreas del Ministerio, la
instauración de medidas tendientes al mejoramiento de las condiciones de
trabajo.
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO ESTRUCTURAS Y PLANTELES BASICOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener
actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas y reglamentaciones sobre
estructuras organizativas, escalafones y carrera administrativa a ser aplicados
en la jurisdicción.
2. Elaborar y proponer los anteproyectos y proyectos de modificación de
estructuras organizativas, aplicando las normativas y disposiciones vigentes y
coordinando pautas y criterios con el organismo Central de Administración del
Personal.
3. Programar e implementar un registro de Plantas de Personal determinando los
cargos ocupados y vacantes discriminando según las características específicas
de los regímenes y la organización estructural del área.
4. Organizar e instrumentar un Registro de Personal en actividad señalando
aquellas necesidades que hacen al desarrollo de la carrera administrativa del
mismo.
5. Divulgar y notificar al personal sobre cobertura de vacantes por concurso,
promociones y demás actividades vinculadas con su progreso en la Administración
Pública Provincial.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO CAPACITACION
ACCIONES
1. Atender a la demanda
espontánea de capacitación que se origine en la Jurisdicción u Organismo y
divulgar al personal sobre los distintos cursos de capacitación que se
realicen.
2. Detectar las necesidades de capacitación a través de técnicas adecuadas.
3. Planificar y ejecutar, previa aprobación del Organismo Central de
Administración de Personal, en concordancia con las pautas generales de ella
emanadas, las acciones detectadas y que coadyuven al desarrollo de la carrera
administrativa.
4. Administrar las actividades que integran los servicios de apoyo a las
acciones de capacitación de la Jurisdicción u Organismo. Divulgar y publicitar
las actividades que se realicen internamente y las que se desarrollen a Nivel
Central.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
SUBDIRECCION DELEGADA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Control de Asistencia, Prevención e Higiene en el ámbito Laboral, Legajos y Laborales.
SUBDIRECCION
DELEGADA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO LABORALES
ACCIONES
1. Coordinar, proyectar, proponer
y tramitar los actos administrativos necesarios a los ingresos y egresos del
personal, elaborando y proponiendo los proyectos de decretos, resoluciones,
disposiciones, notas, convenios, inherentes al régimen de personal, verificando
el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con los derechos,
deberes y prohibiciones del personal, de acuerdo a los regímenes y normativas
vigentes, como así también, aquellas vinculadas con toda modificación en su
situación de revista.
3. Elaborar y gestionar los actos necesarios para la obtención de los
beneficios previsionales previstos por las normativas legales vigentes.
4. Coordinar pautas y acciones comunes a otras dependencias del área.
SUBDIRECCION DELEGADA DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAL
TAREAS DEL DEPARTAMENTO CONTROL DE ASISTENCIA
ACCIONES
1. Controlar el
cumplimiento y observación del régimen horario ordinario y extraordinario como
asimismo de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de
trabajo por todo el personal de la jurisdicción.
2. Verificar y tomar intervención en todo permiso de salida previsto por la
norma legal vigente, comisiones y licencias por descanso anual de los agentes.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos en forma
interina, cambio de destino, etc. e informar al sector liquidador de sueldos.
4. Elaborar informes estadísticos, cuadros, gráficos y partes diarios,
mensuales y anuales en materia de asistencia de personal.
5. Actuar juntamente con el Organismo de Contralor Médico en la tramitación de
las licencias por enfermedad, Juntas Médicas, acciones de trabajo y temas
inherentes al área.
6. Realizar toda modificación y/o notificación al personal, de conformidad con
las leyes que rigen el procedimiento en el tema.
SUBDIRECCION
DELEGADA DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO HIGIENE Y MEDICINA LABORAL
ACCIONES
1. Elaborar programas de
asesoramiento de servicios de prevención de higiene y seguridad y de medicina
en el ámbito laboral, asesorando a los agentes y personal de conducción.
2. Organizar un registro de accidentes de trabajo, a fin de sistematizar la
información sobre accidentes, procesar dichos datos y organizarlos.
3. Realizar el seguimiento de las medidas correctivas y extraer los factores
potenciales de accidentes para aplicar medidas preventivas.
4. Receptar las propuestas que, a manera de colaboración, pudieran formular las
áreas correspondientes del Ministerio, atendiendo a las necesidades básicas de
cada dependencia.
5. Proponer la implementación de medidas para mejorar las condiciones de
higiene y seguridad en el trabajo.
6. Proyectar, proponer y tramitar actos y actuaciones administrativas
necesarias en materia de Higiene y Medicina Laboral, teniendo en cuenta las
normas administrativas dictadas a tales efectos, tanto de orden nacional como
provincial.
SUBDIRECCION
DELEGADA DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO LEGAJOS
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar
y efectuar la confección, actualización, mantenimiento, control de archivo de
los legajos de todo el personal de la Jurisdicción.
2. Registrar en el legajo de cada agente todo dato inherente al desarrollo de
su carrera administrativa desde su ingreso hasta su egreso.
3. Extender certificaciones y constancias relacionadas con los servicios del
personal, tanto en actividad como dado de baja y ejecutar las acciones
necesarias para la obtención de beneficios asistenciales.
4. Colaborar con el Departamento Estructuras y Planteles Básicos en el registro
y sistematización de la información referida a cargos, altas y bajas, ascensos
del personal y en la elaboración de los cuadros gráficos y estadísticos.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Programar, coordinar e
implementar los actos administrativos necesarios a la atención del despacho de
la jurisdicción, elaborando y proponiendo los proyectos de decretos,
resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros inherentes a la gestión,
verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización de
los actos administrativos que se dicten en el área, como así también, organizar
y fiscalizar las tareas de la Mesa General de Entradas, el Registro de
Actuaciones que ingresan y egresan de la jurisdicción y el movimiento interno
de las mismas y su archivo.
3. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de
material bibliográfico y documentación, como asimismo, la organización de
índices y mapas telefónicos, carteleras e indicadores.
DIRECCION TECNICA
ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Despacho y Protocolización y Mesa General de Entradas.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DESPACHO Y PROTOCOLIZACION
ACCIONES
1. Programar, supervisar
e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho
de actuaciones administrativas, giradas o iniciadas en la Unidad Ministro y
prestar asistencia y asesoramiento a las distintas dependencias de la
Jurisdicción.
2. Atender la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos
administrativos, como asimismo, verificar la correcta aplicación de las normas
y reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismo y efectuar su
prestación para la firma de las autoridades.
3. Supervisar y ejecutar los actos de protocolización, archivo, aplicación y
control de resoluciones, decretos, leyes, mensajes y las publicaciones en el
Boletín Oficial.
4. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector y
atender las consultas de otros organismos y reparticiones, como así también,
asistir a las áreas de apoyo administrativo de las Subsecretarías y Direcciones
Provinciales de la Jurisdicción coordinando y concertando pautas y criterios
comunes.
5. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas
para la confección y el trámite a todas las actuaciones a dar salida.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO MESA GENERAL DE ENTRADAS
ACCIONES
1. Organizar, supervisar
y atender la recepción y entrada de todas las actuaciones giradas a la Jurisdicción,
como así también, su salida.
2. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones
entradas y su movimiento interno, suministrando la información que requieran
sobre el destino dado a las mismas, tanto las dependencias y reparticiones, del
área como los organismos externos.
3. Caratular los expedientes necesarios al trámite de los actos administrativos
que se inicien en la Jurisdicción, llevando un registro numérico y temático de
los mismos, y confeccionar los sistemas de fichado y movimientos requeridos
para un buen orden de dichas actuaciones.
4. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones
dictadas por el sector.
5. Atender el archivo de actuaciones concluidas llevando un registro pormenorizado
de las mismas.
6. Organizar, mantener e implementar el servicio de gestoría y correos para
todas las dependencias de la Jurisdicción, realizar las actividades necesarias
a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y
sobres en los lugares de destinos determinados.
7. Implementar y mantener un registro actualizado de todo el movimiento de
actuaciones producidas en el sector, administrando la información que cada
dependencia requiera sobre las gestiones realizadas.
8. Recibir la devolución de las actuaciones giradas por defectos en su
transmisión, remitiéndolas a su dependencia de origen.
9. Atender el trámite de proyectos de decretos originado en la jurisdicción,
como así también, efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.