Fundamentos de la Ley 13241

 

 

 

El presente proyecto de ley tiene por finalidad la expropiación de los inmuebles necesarios para la construcción de una planta depuradora de líquidos cloacales en la localidad de Guernica, por parte del municipio de Presidente Perón al que se transferirán dichos bienes.

Esa planta depuradora atenderá la situación sanitaria de la población de ese nuevo partido del Conurbano Bonaerense, que cuenta en la actualidad con más de sesenta mil habitantes, posibilitando con ello el mejoramiento de la calidad de vida de los pobladores de la zona, que se ven privados de un servicio imprescindible, o reciben otros cuya calidad es mejorable.

Esta obra permitirá evitar en el futuro inmediato el impacto contaminador de los efluvios cloacales, y de esa manera se evitará un daño en el medio ambiente y una amenaza sanitaria para la calidad de vida de los actuales habitantes y de las generaciones futuras.

Al ordenar la expropiación se pretende la satisfacción de la infraestructura inmobiliaria necesaria para la citada construcción, facilitando la realización de las mismas bajo la órbita de la comuna local.