Fundamentos de la

Ley 13892

 

En los últimos años la provincia de Buenos Aires ha registrado un considerable aumento de la población privada de libertad, llevando al colapso del sistema carcelario, situación por todos conocida y que hace poco ha suscitado un extenso debate en nuestra Legislatura con motivo de la modificación al régimen de la prisión preventiva.

Recientemente, el presidente del Tribunal de Casación Penal, Dr. Federico Guillermo José Domínguez, ha manifestado públicamente su inquietud respecto de la falta de comunicación, por parte del Servicio Penitenciario, de los decesos de los procesados que están bajo su custodia, hecho que ocasiona que los procesos continúen su trámite, cuando en realidad deberían concluir, en desmedro de la carga de trabajo del fuero penal.

Considero que dicha inquietud debe ser receptada por esta Cámara, propiciando mejorar el sistema de información entre los poderes del Estado sobre la situación de aquellas personas sometidas a proceso.

La actual situación, que en algunos casos provocó que el juicio siguiera por años, conlleva un dispendio de los recursos en la administración de justicia -que continua con las actuaciones como si las personas se encontraran detenidas, cuando en realidad fallecieron-, recarga indebidamente el trabajo jurisdiccional, y demora la resolución de otras causas en trámite.

Independientemente de la situación que atraviesa el Servicio Penitenciario -hasta hace poco declarado en emergencia mediante Ley dictada por esta Legislatura-, deben extremarse los recursos de comunicación para lograr que situaciones como las planteadas no vuelvan a suceder, y tanto la identificación de los detenidos como la información vinculada con su estado deben informarse en tiempo y forma al juez competente.

Por lo expuesto, es que solicito a mis pares el voto favorable de la presente iniciativa.