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Fundamentos de
El presente proyecto de ley se basa en la necesidad de regularizar la situación de las familias que ocupan las parcelas del terreno del Barrio Camerman, del partido de Pilar, provincia de Buenos Aires. En el tema que nos ocupa se trata de un barrio que alberga a trece familias de trabajadores todos vecinos de Pilar, la mayoría de ellos accedió a estas viviendas como parte de pago por sus tareas laborales en la empresa FABRIL FINANCIERA, dicha empresa quebró por la crisis financiera de los años 90 y todos los trabajadores quedaron en la calle. Los trabajadores entonces trataron de cobrar sus salarios a raíz de la quiebra de la sociedad, resultando ello imposible por el vaciamiento operado en la misma. La preocupación que trae aparejada la situación de estos habitantes de Pilar es que, como consecuencia de posibles incidentes de realización de bienes que se producirían en la quiebra de ALBAYDA S.A. dueña o socia de la financiera antes mencionada, ya habría un comprador de los bienes inmuebles ocupados por los trabajadores. Estos hechos confirman los temores de los asalariados que terminaron siendo estafados por la empresa en cuestión. Desde la Legislatura de la provincia de Buenos Aires no podemos menos que reaccionar, en cumplimiento del mandato constitucional que importa garantizar en primer lugar el Art. 14 de la Constitución Nacional que fue flagrantemente violado, esto es fue arrebatada la retribución justa que todo asalariado debe percibir, pero lo que es más grave que se pretende arrebatar ahora las viviendas violentado una vez más la Carta Magna sabido es que el Estado protege la propiedad y a su vez garantiza que cada ciudadano tenga una vivienda digna. Fácil resulta imaginar, que los ocupantes de las fracciones a expropiar, componen una misma historia, con idéntica identidad cultural y con lazos vinculares construidos a través de más de cincuenta años de convivencia en una fracción del territorio, donde no resultará extraño verificar dentro de ellos relaciones familiares. Es forzoso reconocer que los remates que se producen en el ámbito judicial en las quiebras operan los compradores inescrupulosos que no dejan participar en forma igualitaria y sensata a quien con legítimo derecho pretende proteger lo que es suyo, para remediar lo relatado precedentemente es que a partir de la sanción de la presente iniciativa los habitantes de este barrio de Pilar podrán adquirir sus propias viviendas abonando los montos que surjan una vez concretada la expropiación. Es por ello que solicito a los señores senadores acompañen con el voto positivo la presente iniciativa.
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