DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 1222
Visto el expediente
2158-782/04 de
CONSIDERANDO:
Que a través de la
citada Ley se establecieron los ministerios que conforman la organización de
Que por el Decreto citado en el visto se aprobó el organigrama de aplicación de
Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas de
Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado
análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la
necesidad del reordenamiento mencionado;
Que este reordenamiento requiere una nueva conformación organizativa de los
primeros niveles de apertura de
Que a los efectos que dicho Departamento de Estado alcance plenitud en el
cumplimiento de su misión y funciones, resulta conveniente reorganizar sus
segundos y terceros niveles de apertura, en concordancia con la nueva
organización de sus primeros niveles políticos;
Que la nueva estructura propuesta no implica la creación de nuevos cargos ni
mayores erogaciones presupuestarias;
Que ha tomado intervención
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 144, proemio de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase en el ámbito de
ARTICULO 2º.-
Determínase para la estructura organizativa aprobada precedentemente los
siguientes cargos: Jefe de Gabinete con rango ministerial concedido por el
artículo 22 de
ARTICULO 3º.-
Incorpórense a
ARTICULO 4º.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto nº 18/91 en cuanto a la presentación de los Anexos correspondientes, los cuales quedarán conformados de la siguiente manera: ANEXO 1 - Organigramas; ANEXO 2 - OBJETIVOS, METAS, ACCIONES y TAREAS de cada una de las dependencias según corresponda.
ARTICULO 5º.- Dentro
del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de este acto, el
titular de
ARTICULO 6º.-
Limítanse las designaciones del personal de la estructura organizativa de
ARTICULO 7º.- El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero año 2004.
ARTICULO 8º.- Derógase el Decreto nº 2074/02.
ARTICULO 9º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.
ARTICULO 10º.-
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a
SOLA
R. Magnanini
G.A.Otero
ANEXO 2a
JEFATURA DE GABINETE
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS
PUBLICAS OBJETIVOS
1. Asistir al Jefe de
Gabinete en la determinación de las prioridades de actuación y atención de los
organismos públicos provinciales, y en la organización de la convocatoria y
preparación de las reuniones de Gabinete.
2. Participar en el diseño de las estrategias a utilizar en las políticas
públicas prioritarias.
3. Proponer y promover, para su aprobación por el Jefe de Gabinete, las áreas
gubernamentales y los temas que deben ser objeto de coordinación entre los
distintos Ministerios, Secretarías y demás organismos del Gobierno Provincial,
para el efectivo logro de resultados en programas específicos o competencias
ministeriales.
4. Detectar, identificar y proponer la incorporación de temas a la agenda
pública, a partir del análisis de las prioridades del Gobierno Provincial.
5. Planificar las acciones junto a los organismos responsables de la ejecución
de programas o proyectos priorizados en las reuniones de Gabinete de Ministros.
6. Coordinar las políticas prioritarias con los organismos provinciales y
7. Informar al Jefe de Gabinete sobre la evolución de los resultados obtenidos
en las políticas de compatibilización y de coordinación entre organismos
provinciales.
8. Supervisar la organización, actualización y administración de una base de políticas
públicas priorizadas, con sus programas, objetivos y metas oficiales.
9. Realizar el seguimiento de las políticas públicas prioritarias a través de
un tablero de control.
10. Concentrar la información de las propuestas e informes de los distintos
organismos provinciales para la redacción de
11. Coordinar y fomentar la interconexión de los proyectos, estudios y bases de
información, con el objeto de desarrollar políticas sectoriales y conjuntas del
gobierno provincial.
12. Evaluar los procesos de regionalización y descentralización puestos en
marcha por el Estado Provincial, proponiendo las modificaciones y adecuaciones
en pos de acciones de gobierno coordinadas.
13. Asistir al Jefe de Gabinete en la conformación de equipos
interministeriales de trabajo con objetivos específicos, derivados de las
políticas prioritarias, favoreciendo el efectivo cumplimiento de las acciones
de gobierno.
14. Asistir al Jefe de Gabinete, tomando conocimiento de los proyectos de leyes
y/o actos administrativos puestos a consideración del señor Gobernador, en los
aspectos referidos a planes, programas y proyectos que resulten necesarios para
el cumplimiento de la acción de gobierno.
15. Asistir al Jefe de Gabinete, tomando conocimiento de las leyes sancionadas
por
16. Proponer y coordinar con las áreas de control de gestión y/o auditorias de
los organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial, el sistema y manual
único de procedimientos en materia de control de gestión, metodologías,
procedimiento y técnicas, compatibilizando pautas, criterios y acciones con
1
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS PUBLICAS
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES
INTERMINISTERIALES
METAS
1 . Elaborar y
proponer el orden del día de reuniones interministeriales de los distintos
niveles Jerárquicos de los Ministerios, Secretarías y demás organismos
provinciales, para la resolución de temas prioritarios de gestión.
2. Efectuar la coordinación de las reuniones entre las diversas reparticiones
intervinientes e involucradas en las políticas públicas interministeriales.
3. Evaluar e informar respecto de los resultados obtenidos en las políticas de
compatibilización y de coordinación entre organismos provinciales.
4. Realizar el seguimiento de los temas prioritarios emergentes de las
reuniones de gabinete conforme lo disponga
5, Evaluar y proponer la normativa y los actos administrativos necesarios para
formalizar el funcionamiento de Comisiones Interministeriales u otras formas de
coordinación entre distintos niveles de Ministerios, Secretarías y demás
organismos provinciales, como así también las adecuaciones normativas
pertinentes o de gestión que contribuyan a coordinar acciones y eliminar
superposiciones, evaluando la asignación de recursos y tendiendo al logro de
resultados proyectados.
6. Analizar el impacto de leyes sancionadas por
7. Elevar a
8, Efectuar el diseño y la implementación de un sistema para concentrar la
información necesaria para la elaboración de
9. Implementar un sistema de indicadores de grado de cumplimiento de políticas
públicas prioritarias, a través de un tablero de control que posibilite el
seguimiento y evaluación de las mismas.
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES INTERMINISTERIALES
DIRECCION DE INTEGRACION DE POLITICAS PUBLICAS
ACCIONES
1. Realizar la convocatoria,
coordinación, seguimiento y evaluación de las Comisiones Interministeriales.
2. Desarrollar y mantener una base de políticas públicas prioritarias
emergentes del trabajo de coordinación de planes y programas de cada uno de los
ministerios en función a las prioridades determinadas por
3. Coordinar con
4. Proponer a
5. Informar sobre el impacto de leyes sancionadas por
6. Asistir a
7. Normatizar la estructura y el contenido de los informes periódicos de avance
de los resultados alcanzados en las reuniones de las Comisiones
Interministeriales.
8. Efectuar estudios y elevar propuestas de adecuaciones normativas o de
gestión, sobre la correlación de las competencias de Ministerios y Secretarías
con los planes, programas y acciones llevados adelante por cada organismo
provincial.
9, Estudiar y proponer, en consulta con otros organismos provinciales con
competencias en el área correspondiente, la firma de convenios con unidades de
gobierno nacional, provincial o municipal, o instituciones académicas y de
investigación y desarrollo, para la constitución y fortalecimiento de una red
integral de políticas publicas.
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES INTERMINISTERIALES
DIRECCION DE MONITOREO Y CONTROL DE GESTION DE
POLITICAS PUBLICAS.
ACCIONES
1. Sistematizar la
base de políticas públicas prioritarias en conjunto con
2. Elaborar con
3. Realizar el monitoreo y control permanente de las políticas públicas
prioritarias a partir del sistema de indicadores.
4. Implementar y mantener un tablero de control de Políticas Públicas
Prioritarias, coordinando su instalación y aprovechamiento como herramienta de
gestión en cada una de las áreas gubernamentales.
5. Asistir a
6. Registrar la información de gestión de las políticas públicas prioritarias y
generar reportes periódicos de cumplimiento de metas asegurando su
visualización por objetivo de política, área de gobierno y por región
territorial.
7. Proveer de información en forma periódica a
8. Asistir a
9. Apoyar los procesos de comunicación interna y externa de los objetivos
prioritarios y de la evolución de los resultados obtenidos por la gestión de
cada organismo provincial, en coordinación con
10. Promover y proponer a
11. Proponer en coordinación con
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y DE POLITICAS PUBLICAS
DIRECCION PROVINCIAL DE INFORMACION Y
COORDINACION DE POLITICAS REGIONALES
METAS
1 . Coordinar con
2. Asistir a
3. Registrar las principales bases de datos sobre destinatarios directos o
indirectos de políticas públicas provinciales.
4. Asistir a
5. Vincular y armonizar las distintas experiencias de regionalización y
descentralización puestas en marcha por el Gobierno Provincial, con los
organismos que ejecutan los correspondientes programas o proyectos.
6. Difundir en los diversos ámbitos institucionales y/o académicos las
políticas públicas de regionalización llevadas adelante por el Gobierno
provincial.
DIRECCION PROVINCIAL DE INFORMACION Y COORDINACION DE
POLÍTICAS REGIONALES
DIRECCION DE INFORMACION DE GESTION
ACCIONES
1. Asistir a
2. Implementar metodologías de distribución y envío de la información producida
por
4. Integrar la red permanente de intercambio y complementación de información
para el desarrollo provincial y/o regional, articulada por
5. Publicar
DIRECCION PROVINCIAL DE INFORMACION Y COORDINACION DE POLITICAS
REGIONALES
DIRECCION DE COORDINACION DE POLITICAS
REGIONALES
ACCIONES
1. Efectuar el
relevamiento y actualización de las bases de información, estudios, y proyectos
utilizados para el diseño, diagnóstico y evaluación de políticas regionales.
2. Conformar y actualizar una base informativa sobre las experiencias de
regionalización y descentralización puestas en marcha por el Gobierno
provincial, en coordinación con los organismos que ejecutan los
correspondientes programas o proyectos.
3. Coordinar acciones con las áreas de programación de cada Ministerio o
Secretaría, generando una red permanente de intercambio y complementación de
información destinada al desarrollo estratégico regional.
4. Estudiar y proponer, en consulta con otros organismos provinciales con
competencias en el área correspondiente, la firma de convenios con unidades de
gobierno nacional, provincial o municipal, o instituciones académicas y de
investigación, para la constitución y el fortalecimiento de políticas
tendientes al desarrollo regional.
5. Proponer un esquema de regionalización sobre la base de estudios de
desarrollo estratégico provincial, conformando unidades de gestión o desarrollo
regional.
ANEXO 2b
JEFATURA DE GABINETE
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y
CON
OBJETIVOS
1.- Coordinar la
participación del Gobierno de
2.- Asistir al Jefe de Gabinete en la atención de las relaciones
institucionales con
3.- Asistir al Jefe de Gabinete en las relaciones con los miembros del Poder
Ejecutivo Nacional y de los Poderes Ejecutivos Provinciales.
4.- Promover el establecimiento de acuerdos y pactos con el Gobierno Nacional,
los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de
5.- Coordinar las relaciones con la comunidad, promoviendo el fortalecimiento e
integración con instituciones y organizaciones públicas y privadas nacionales y
provinciales.
6.- Entender en todo lo referente a la promoción, el diseño y la implementación
de la participación ciudadana en la planificación, ejecución y control de
políticas públicas.
7.- Coordinar en las distintas Casas de
8.- Ejercer sus competencias en las políticas públicas prioritarias, en
coordinación y colaboración con
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y CON
DIRECCION
METAS
1.- Coordinar el
enlace institucional entre
2.- Promover la participación de la provincia de Buenos Aires en planes,
programas y proyectos de colaboración y asistencia recíproca con organismos
Internacionales, el Estado Nacional, las Provincias y
3.- Asistir y coordinar la articulación de las distintas reparticiones
representantes de la provincia de Buenos Aires ante los Consejos de naturaleza
Federal existentes y de futura creación.
4.- Planificar y organizar encuentros académicos y de trabajo en forma conjunta
con autoridades y representantes del Gobierno Nacional y de los Gobiernos de
las demás Provincias para el análisis y debate de iniciativas, proyectos y
propuestas de común interés.
5.- Asistir al Subsecretario de Relaciones Institucionales y con
6.- Proponer, diseñar y ejecutar políticas y programas que promuevan la
participación ciudadana y el control social en la gestión pública.
7.- Diseñar mecanismos para la implementación de los sistemas de democracia
directa y semi directa contemplados en
8.- Colaborar en el diseño, la ejecución y la evaluación de programas
tendientes a capacitar a las jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo
Provincial que busquen generar alternativas de participación y control
ciudadano tendientes a satisfacer las demandas de la comunidad, con la
colaboración del Instituto Provincial de
10. - Relevar y difundir, coordinando su accionar con
11.- Difundir en los diversos ámbitos institucionales las políticas públicas en
cuya formulación, implementación y evaluación participa la comunidad.
12.- Promover la representación de los intereses de la ciudadanía hacia el
Estado de la provincia de Buenos Aires a través de instituciones intermedias y
organizaciones de la sociedad civil, en coordinación con el Ministerio de
Gobierno.
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES GUBERNAMENTALES Y CON
LA SOCIEDAD CIVIL
DIRECCION DE PARTICIPACION CIUDADANA
ACCIONES
1. Realizar el
estudio, diseño y consulta sobre propuestas normativas de incorporación de
mecanismos de participación y control ciudadano de las políticas públicas.
2. Relevar los mecanismos de consulta y participación ciudadana existentes en
las distintas áreas del gobierno provincial.
3. Participar con el Ministerio de Gobierno en la asistencia a los Gobiernos
Municipales en la formulación de proyectos sobre mecanismos de democracia
directa y de democracia participativa.
4. Organizar el archivo y registro de normativa, documentación, datos,
información y antecedentes referidos a toda iniciativa de consulta,
relevamiento de opinión y participación y control de la ciudadanía en el
diseño, ejecución y control de políticas públicas del Estado Provincial.
5. Implementar nuevas estrategias de vinculación del gobierno provincial con
los ciudadanos en general y/o con sectores representativos de la sociedad
bonaerense, como Jornadas o Foros Regionales, o Talleres de Consulta y
Participación Ciudadana, en coordinación con los organismos responsables de la
ejecución de las respectivas políticas sectoriales.
6. Diseñar, ejecutar y poner a consideración de
7. Gestionar la difusión de las políticas de organismos provinciales que
incorporen o profundicen la participación ciudadana, a través de su inclusión
en la programación de eventos en las Casas de
8. Recibir y analizar demandas de participación de la comunidad en general y
sus organizaciones representativas acerca de los diferentes asuntos vinculados
con las áreas de intervención del Estado Provincial.
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES GUBERNAMENTALES Y CON
LA SOCIEDAD CIVIL
DIRECCIÓN DE APOYO A LAS RELACIONES
GUBERNAMENTALES ACCIONES
1.- Asistir al
Director Provincial de Relaciones Gubernamentales y con
2.- Participar en la promoción de políticas públicas de carácter federal y
regional tendientes a la armonización con las políticas correspondientes al
Gobierno Provincial.
3.- Desarrollar las actividades de apoyo necesarias para la coordinación y
seguimiento de los Consejos Federales en los que la provincia de Buenos Aires
forma parte.
4. Relevar y sistematizar la posición de las distintas reparticiones
representantes de la provincia de Buenos Aires ante los Consejos Federales,
manteniendo reuniones periódicas a tal efecto.
5.- Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración y
cooperación institucional con Organismos Internacionales y del Estado Nacional,
las Provincias y
6.- Relevar y poner en conocimiento a
7.- Realizar cursos y seminarios en forma coordinada y conjunta con el Gobierno
Nacional, otros gobiernos provinciales y el Gobierno de
8.- Intervenir en el análisis de los proyectos de legislación provincial en los
que sea necesario coordinar normas de la provincia de Buenos Aires y otras
provinciales.
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y CON
DIRECCION
METAS
1. Difundir y promover
los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y
cualquier otro, de la provincia de Buenos Aires, en
2. Actuar con carácter de delegación oficial del Gobierno de
3. Asistir y apoyar las actividades relacionadas con
4. Prestar los servicios de gestión administrativa ante entidades públicas y
privadas.
5. Organizar y supervisar la participación de las distintas áreas
gubernamentales que hacen al quehacer económico y cultural de la provincia de
Buenos Aires en
6. Recopilar, evaluar y seleccionar los datos necesarios para producir una
información completa de todos los aspectos bonaerenses, en especial los
relacionados con la inversión y la producción, coordinando acciones con los
centros de informática de
8. Supervisar al personal que las diversas reparticiones bonaerenses designen
para prestar servicios en
9. Organizar servicios de biblioteca y museo, procurando conformar un fondo
bibliográfico y museológico predominantemente abarcativos de los diversos
aspectos de la vida bonaerense.
DIRECCION PROVINCIAL DE CASAS DE
DIRECCION
ACCIONES
1. Difundir y promover
en acción coordinada con los organismos competentes, los aspectos
representativos de la economía, cultura, comercio, industria, ganadería,
ciencia, historias provinciales y turismo.
2. Planificar y programar los actos de promoción vinculados con el turismo y la
historia provincial, en las diferentes Casas de
3. Recibir, analizar y recabar de los Organismos Provinciales y Municipales
bonaerenses, la información que fuese necesaria, para evacuar todo tipo de
consultas atinentes a la información, difusión y promoción de sus actividades.
4. Recabar con carácter de Delegación Oficial toda información de otros
Estados, representaciones diplomáticas, delegaciones de gobiernos provinciales
en
DIRECCION PROVINCIAL DE CASAS DE
DIRECCIÓN
ACCIONES
1. Establecer contacto
con Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales e instituciones privadas, con
el objeto de difundir y promover actividades y acciones del gobierno.
2. Coordinar con los organismos interesados la ejecución de los planes
promocionales de difusión.
3. Organizar recitales, conferencias, exposiciones, proyecciones audiovisuales,
etc., en su sede, como asimismo colaborar en la ejecución de iguales programas
de organismos provinciales que, se desarrollen en
4. Realizar encuestas y proceder al ordenamiento, procesamiento y distribución
de los datos necesarios para producir una información completa de todos los
aspectos bonaerenses.
ANEXO 2c
JEFATURA DE GABINETE
DIRECCION PROVINCIAL DE CULTOS
METAS
1. Actuar en lo
inherente a las relaciones del Gobierno provincial con todas las iglesias,
confesiones y comunidades religiosas que funcionan en su territorio, así como
en la centralización de las gestiones que ante las autoridades provinciales
hicieren las mismas.
2. Planificar y programar las actividades relacionadas con la
institucionalización en el ámbito de
3. Propender a desarrollar un sistema de fluida y estrecha comunicación entre
ambos ámbitos, tendiendo a convalidar las políticas públicas en materia social.
4. Asistir a las autoridades públicas a fin de garantizar la libertad religiosa
a todos los habitantes de
ANEXO 2d
JEFATURA DE GABINETE
DIRECCION PROVINCIAL DE CEREMONIAL Y
AUDIENCIAS
METAS
1. Organizar, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el
protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo
en
2. Supervisar la organización de los actos de presentación de credenciales y
del trámite de invitaciones que reciba el señor Gobernador.
3. Supervisar la asistencia técnica, en el ámbito de su competencia, que se
brinde a los organismos provinciales.
4. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al señor Gobernador.
5. Atender las relaciones que debe mantener el señor Gobernador con entidades
públicas y privadas, cuerpo diplomática acreditado y la comunidad en general,
en razón de su investidura.
DIRECCION PROVINCIAL DE CEREMONIAL Y AUDIENCIAS
DIRECCION DE PROTOCOLO
ACCIONES
1 . Organizar y coordinar
las actividades relacionadas con el protocolo en los actos oficiales,
ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en
3. Coordinar las audiencias formuladas al Primer Mandatario Provincial,
organizar su atención y atender a las distintas delegaciones que concurran a
las mismas.
4. Prestar asistencia técnica a los organismos provinciales.
ANEXO 2e
JEFATURA DE GABINETE
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
METAS
1. Programar,
controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión
contable, económica y financiera en el ámbito de
2. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de las dependencias de
3. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
de las dependencias de
4. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro
de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y presentación
de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de
5. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del
personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el
debido control de asistencia, confección y archivo de legajos y demás
actividades vinculadas al tema, dentro de la jurisdicción de
6. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo necesario a
los Organismos de
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS
AUXILIARES
ACCIONES
1. Organizar,
coordinar y determinar la implementación de todos los actos administrativo -
contables necesarios para la gestión económica - financiera de
2. Organizar las actividades inherentes al movimiento de fondos y valores
propios de la jurisdicción por asignaciones presupuestarias, de recaudación en
cuentas de terceros y otros ingresos, ejecutando la contabilidad financiera de
conformidad con el sistema instrumentado por
3. Intervenir en forma directa en la acción previa y el desarrollo de toda
gestión de compra o venta encarada por
4. Coordinar, organizar y administrar el registro patrimonial centralizador de
los bienes patrimoniales de
5. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de servicios
auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias
de
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DELEGACION DE
ACCIONES
1. Coordinar y dirigir
las actividades vinculadas con la administración del personal asignado a
2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas
laborales y el cumplimiento de las obligaciones y derechos del personal.
3. Controlar la asistencia y cumplimiento de los horarios de labor de los
agentes de
4. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de datos y
antecedentes del personal, mediante la confección de legajos de cada agente,
informativos de las certificaciones de servicio y de los trámites inherentes a
la concesión de beneficios jubilatorios.
5. Coordinar la atención de los temas relativos al ordenamiento de los
Planteles Básicos, nominados e innominados, movimiento de cargos y asignación
de personal, y gestiones de la carrera administrativa en concordancia con las
pautas emanadas de
DIRECCION GENERAL
DIRECCION DE SERVICIOS TÉCNICO-ADMINISTRATIVOS
ACCIONES
1. Programar,
coordinar e implementar los actos administrativos necesarios a la atención del
despacho de
2. Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización de
los actos administrativos que se dicten en el área, como así también organizar
y fiscalizar las tareas de
3. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivos
documentarios, mapotecas y otros elementos informativos para el desarrollo de
las gestiones propias de