DECRETO 12223/61
LA PLATA, 10 de Noviembre de
1961.
Visto
el Artículo 34 de la Ley
número 6245 donde se establece que la misma deberá ser reglamentada, como
asimismo el proyecto del Ministerio de Economía y Hacienda y los informes de
los Ministerios de Obras Públicas, Asuntos Agrarios, Contaduría General de la Provincia y lo
dictaminado por Asesoría General de Gobierno,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO
1.- Apruébase la Reglamentación General
de la Ley nº 6245
de creación de la
CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL VALLE BONAERENSE DEL RÍO COLORADO,
adjunta al presente decreto del que forma parte integrante.
ARTÍCULO
2.- El
presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los
Departamentos de Economía y Hacienda, Obras Públicas y Asuntos Agrarios.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.
NOTA:
El Reglamento puede ser consultado en nuestro sitio web
en su versión PDF.