DECRETO 12223/61

 

LA PLATA, 10 de Noviembre de 1961.

 

Visto el Artículo 34 de la Ley número 6245 donde se establece que la misma deberá ser reglamentada, como asimismo el proyecto del Ministerio de Economía y Hacienda y los informes de los Ministerios de Obras Públicas, Asuntos Agrarios, Contaduría General de la Provincia y lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la Reglamentación General de la Ley nº 6245 de creación de la CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL VALLE BONAERENSE DEL RÍO COLORADO, adjunta al presente decreto del que forma parte integrante.

 

ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Hacienda, Obras Públicas y Asuntos Agrarios.

 

 ARTÍCULO 3.- Regístrese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

NOTA: El Reglamento puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.