LEY 3010

 

Subvención a la sociedad de beneficencia de La Plata para obras en el Hospital de Niños.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Beneficencia de La Plata, la suma de veinte mil pesos moneda nacional ($ 20.000m/n) para construcciones, reparaciones e instalaciones en el Hospital de Niños, debiendo ser entregada por el Poder Ejecutivo a medida que se vayan practicando las obras y con cargo de rendir cuenta oportunamente.

 

ARTÍCULO 2.- Esta suma será tomada de los recursos que establece el artículo 18 de la Ley de Presupuesto vigente, con imputación a la presente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.