LEY 3825

 

Autorizando a la Municipalidad de Junín a donar tierras para la Comisaria.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Junín para donar al Gobierno de la Provincia, y con destino a construir un edificio para la comisaría de policía local, el terreno ubicado en la esquina de las calles Vicente Gandini y Presidente Quintana, de dicha ciudad.

 

ARTÍCULO 2.- A los efectos del cumplimiento de esta Ley, téngase presente la ordenanza de 20 de junio de 1924, de la Municipalidad de Junín.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.