LEY 3825
Autorizando a la
Municipalidad de Junín a donar tierras para la Comisaria.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de
Junín para donar al Gobierno de la
Provincia, y con destino a construir un edificio para la
comisaría de policía local, el terreno ubicado en la esquina de las calles
Vicente Gandini y Presidente Quintana, de dicha
ciudad.
ARTÍCULO 2.- A los efectos del cumplimiento de esta Ley, téngase
presente la ordenanza de 20 de junio de 1924, de la Municipalidad de
Junín.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.