LEY 5918
Declarando de utilidad pública un inmueble en San Nicolás para sede de la Unidad Regional de Policía
Departamento de Gobierno
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calles Leandro N. Alem 112/14 de la ciudad de San Nicolás, partido del mismo nombre, designado con la nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección B; Manzana 90, Parcela 15, de dicho distrito, e inscripto en la Dirección del Registro de la Propiedad bajo el número 29/931 de San Nicolás y Declaratoria de Herederos folio 8310, año 1954, a nombre de Severo Juan Fernández y María Seymour de Fernández.
ARTÍCULO 2.- El inmueble a que se refiere el artículo anterior será destinado por el Poder Ejecutivo para ser ocupado por dependencias de la Jefatura de Policía con asiento en la citada ciudad.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de los dispuesto en el artículo 1º será atendido con cargo al Plan de Obras Públicas 1958, Anexo III, Item 13, Unidad de Obra 57.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.