DECRETO-LEY 7237/66
Imponiendo el nombre de “La Lucila del Mar” a la actual localidad de La Lucila, ubicada en jurisdicción del Partido de General Lavalle.
LA PLATA, 22 de NOVIEMBRE de 1966.
VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 3529/66, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Impónesele el nombre de “La Lucila del Mar”, a la actual localidad balnearia de La Lucila, que se encuentra ubicada en jurisdicción del Partido de General Lavalle.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.