DECRETO 1870/2023
LA PLATA, 9 de Octubre de 2023
VISTO el expediente EX-2023-37305617-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el doctor Gustavo David GARCIA presenta su renuncia al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 1076 del 7 de julio de 2009, el doctor Gustavo David GARCIA fue designado Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores;
Que el nombrado funcionario presentó la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que sea aceptada a partir del 1° de septiembre de 2023;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del doctor GARCIA, en el marco de la Ley N° 8085;
Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con el citado funcionario, en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;
Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones con relación al doctor GARCIA, en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;
Que la presente encuadra en el artículo 6° de la Ley N°15.164 y modificatoria y el Decreto N°11/20;
Que, asimismo, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 1° de septiembre de 2023, la renuncia a los fines jubilatorios presentada por el doctor Gustavo David GARCIA (DNI Nº 17.481.025 – Clase 1965) al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Finanzas a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Julio César Alak, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador