DECRETO 796/07
LA PLATA, 15 de mayo de 2007
VISTO el expediente nº 2914-14344/06 por el cual se propicia en el Instituto de Obra Médico Asistencial la creación de la Unidad Ejecutora PROFE, en el marco de los Decretos Nº 880/04, 316/05, 1322/05 y 492/06, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 880/04 se aprobó el convenio celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para la atención de los beneficiarios del Programa Federal de Salud (PROFE), en el ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires;
Que dicho Convenio se encuentra enmarcado en la estrategia de implementar políticas de salud mediante la integración de programas nacionales a las provincias, teniendo como objetivo profundizar el sentido federal a través de la descentralización de la gestión y administración con la correspondiente atribución presupuestaria;
Que en la cláusula cuarta del Convenio Marco de fecha 31 de marzo de 2004, se prevé la necesidad de crear una Unidad Ejecutora PROFE que será la responsable de la gestión y control de la atención médica integral prestada a los beneficiarios del Programa;
Que por Decreto 316/05 el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires creó dentro de su jurisdicción la Unidad de Gestión Provincial;
Que posteriormente se dictó el Decreto 492/06 que aprobó la Addenda al convenio Marco, que delega en el Instituto de Obra Médico Asistencial a partir del 1° de febrero del 2006 la ejecución y administración del Programa Federal de Salud;
Que la cláusula quinta de la Addenda establece que se utilizará para la Unidad Ejecutora en forma exclusiva y excluyente una Cuenta especial denominada “Gastos por cuenta de Terceros”, conforme Resolución 69/06 del Honorable Directorio del Instituto Médico Asistencial, donde se depositarán los fondos provenientes del Ministerio de Salud de la Nación para financiar el Programa Federal de Salud en la Provincia de Buenos Aires;
Que en consecuencia, se impone la necesidad de crear una Unidad Ejecutora Profe en la órbita del Instituto de Obra Médico Asistencial, que le permita ejercer y cumplir sus cometidos con eficiencia y eficacia;
Que deviene necesario derogar el Decreto 316/05 que creó la Unidad de Gestión Provincial en la órbita del Ministerio de Salud;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente la Subsecretaría de la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno, corresponde que se dicte el pertinente acto administrativo;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la estructura de sus jurisdicciones;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Derogar el Decreto 316/05 de conformidad a los considerandos expuestos.
ARTÍCULO 2°. Aprobar la creación de la Unidad Ejecutora PROFE en la jurisdicción del Instituto de Obra Médico Asistencial, a los fines de entender y gestionar todo lo relativo a la preparación, coordinación, administración e implementación de la atención médico integral de los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (P.N.C.), afiliados al Programa Federal de Salud (PROFE) residentes en el ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires, en los términos y condiciones del convenio aprobado por el Decreto Nº 880/04, de acuerdo al organigrama, y acciones que como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º. Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) Responsable Ejecutivo de la Unidad Ejecutora PROFE con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; UN (1) Responsable de Oficina de Administración; UN (1) Responsable de Oficina de Prestaciones; en ambos casos con rango y remuneración equivalente a Director, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley 10430, (T.O. Decreto 1869/96).
ARTÍCULO 4°. El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Economía.
ARTÍCULO 6º. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archívese.
Claudio Mate Rothgerber Felipe Solá
Ministro de Salud Gobernador
Carlos R. Fernández
Ministro de Economía
ANEXO I
ANEXO 2
MISIONES Y FUNCIONES
UNIDAD EJECUTORA PROFE:
MISIÓN:
Organizar, programar y entender y gestionar todo lo relativo a la preparación, coordinación, administración e implementación de la atención médico integral de los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (P.N.C.), afiliados al Programa Federal de Salud (PROFE) residentes en el ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires, en los términos y condiciones del convenio aprobado por el Decreto Nº 880/04.
FUNCIONES:
- Presentar la conformación de la Red de Prestadores provincial para la atención de beneficiarios, con una infraestructura calificada y suficiente y por niveles de complejidad en todo el territorio de la jurisdicción, teniendo en cuenta que el primer nivel debe contar con capacidad resolutiva suficiente para convertirse en la puerta de entrada a la red.
- Identificar a la población con asignación nominal a Médico de Cabecera y/o Centro de Atención Primaria de Salud.
- Implementar mecanismos oportunos para la provisión de medicamentos e insumos en atención ambulatoria e internación, en toda la Provincia.
- Impulsar el desarrollo de programas de promoción y prevención de salud, control y tratamiento de enfermedades de los beneficiarios.
- Difundir el Programa en la Provincia asegurando la accesibilidad de los beneficiarios a la cobertura prestacional que encomienda el mismo.- Recopilar la información de la red asistencial, prestacional, de auditoría, económica-financiera, estadística y epidemiológica, para su procesamiento, análisis, evaluación y presentación ante la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas.
- Registrar los reclamos, quejas y denuncias realizadas por los beneficiarios del Programa.
- Observar la efectiva aplicación de los recursos del Programa, de acuerdo a parámetros sanitarios, poblacionales y geográficos de los beneficiarios.- Seguir las patologías crónicas vulnerables.
- Realizar toda otra actividad que haga a una gestión eficaz y eficiente.
Responsable Ejecutivo de la UNIDAD EJECUTORA PROFE
FUNCIONES:
- Intervenir en todo lo concerniente a la ejecución económico financiera del Programa Federal de Salud, en su ámbito de competencia, mediante la aprobación de contratos y certificación de obras, de adquisición y contratación de bienes y servicios.
- Suscripción de Actas Acuerdo para la firma de convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos.
- Coordinar todas las actividades para el más eficaz y eficiente cumplimiento de los objetivos del convenio, interactuando con autoridades nacionales, provinciales, municipales y del orden privado.- Interactuar con la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas en las instancias requeridas.
- Coordinar las actividades de los restantes integrantes de la estructura organizativa del programa.
- Implementar los mecanismos que aseguren la calidad en la atención y la satisfacción de los beneficiarios.
- Garantizar la disponibilidad de información y los procesos de facturación y liquidación según tiempos y formas establecidos en el convenio.
- Evaluar las quejas, denuncias y reclamos y tomar las medidas correctivas que correspondieren.
- Brindar oportuna respuesta a las requisitorias formuladas por las Defensorías y órdenes judiciales con estricto cumplimiento de los plazos legales y procesales, respectivamente.
- Realizar reuniones periódicas con los integrantes de la Red Prestacional, con el objetivo de informar las normas operativas y sobre los programas de prevención de enfermedades prevalentes y de promoción de la salud en consonancia con los lineamientos del Programa y evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas del mismo.
MISIONES Y FUNCIONES DE LAS OFICINAS PROFE SALUD
OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
MISIÓN:
Organizar, programar y disponer las acciones necesarias para la administración económica, financiera y patrimonial del Programa, asegurando una adecuada aplicación de los montos transferidos para la cobertura comprometida por la Provincia a los beneficiarios del programa.
FUNCIONES:
- Analizar, controlar y registrar las facturaciones para su liquidación, aplicando las retenciones impositivas vigentes y practicando los débitos que hubieren de corresponder.
- Llevar actualizadas las conciliaciones bancarias y contar con los extractos bancarios al día.
- Llevar registro de deudas devengadas y pendientes de facturación.
- Programar y conformar pagos y registros contables y demás documentación.
- Conformar balance de sumas y saldos y el analítico del mismo al cierre de cada mes.
- Confeccionar el Estado de Origen y Aplicación de Fondos, el Estado de Situación Financiera Corriente que será enviado a la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas.
- Enviar a la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas fotocopia de los extractos bancarios de todas las cuentas que posea la Unidad Ejecutora para la aplicación de fondos y fotocopia del libro bancos.
- Confeccionar Certificación de Pagos a los prestadores.- Confeccionar el Informe Económico Financiero y Patrimonial para elevar al Responsable Ejecutivo del Programa.
OFICINA DE PRESTACIONES
MISION:
Administrar lo pertinente a las prestaciones médicas ambulatorias y de internación que brinda el Programa a sus beneficiarios, fiscalizando y auditando las mismas, a fin de garantizar su calidad, eficiencia y eficacia.
FUNCIONES:
- Intervenir en el estudio y planificación de normas y proyectos de auditoría y fiscalización de las prestaciones que se brindan.
- Intervenir en el tratamiento de los convenios contractuales, elevando al Responsable Ejecutivo del Programa proyectos de resolución.
- Evaluar, planificar y realizar en forma periódica las auditorías prestacionales programadas y llevar a cabo las no programadas, cuando fueren necesarias.- Proporcionar documentación y/o información para la liquidación de las prestaciones médicas autorizadas.
- Auditar y Fiscalizar las prestaciones médicas ambulatorias y de internación que brinde el Programa y entidades prestadoras.
- Mantener un registro de las prestaciones médicas autorizadas y realizadas.
- Elaborar informe de las auditorías para elevar al Responsable Ejecutivo del Programa y al Profe Central, manteniendo su archivo y disponibilidad.
- Implementar mecanismos oportunos para la provisión de medicamentos e insumos en atención ambulatoria e internación, en toda la Provincia.
- Intervenir en las investigaciones relacionadas con presuntas irregularidades detectadas en el Programa.
- Participar en la ejecución y supervisión del funcionamiento de los programas de prevención de enfermedades prevalentes y de promoción de la salud, coordinando en su caso dichas tareas con la Autoridad Sanitaria Regional.
- Confeccionar el Informe prestacional y epidemiológico que será enviado a la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas.