DECRETO 1033/2024

LA PLATA, 23 de Junio de 2024

VISTO el expediente EX-2023-26148388-GDEBA-HZGADIGIMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Roque ZAPPALA en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por Resolución N° 3491/21 y modificatoria del Ministerio de Salud y la Disposición N° 248/21 y modificatoria de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, cinco (5) cargos de Químico – Bioquímico – Bacteriólogo - Licenciado en Bioquímica Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Roque ZAPPALA para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación del citado agente, a partir del 9 de diciembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 9 de diciembre de 2021, la designación de carácter interino del profesional mencionado precedentemente, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 3713/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, Roque ZAPPALA debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Que, asimismo, Roque ZAPPALA se encuentra alcanzado por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia intervinieron de forma favorable;

Que la gestión promovida se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N ° 272/17 E y sus modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 9 de diciembre de 2021, la designación de Roque ZAPPALA (DNI N° 14.802.173 – Clase 1962), como Bioquímico, en grado de Asistente, con carácter interino y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la entonces Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, formalizada mediante Resolución N° 3713/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 9 de diciembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a Roque ZAPPALA (DNI N° 14.802.173 – Clase 1962) como Bioquímico, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 9 de diciembre de 2021, el profesional citado en el artículo precedente, debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023- Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 14 – Subprograma: 12 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 658 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria -.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.