LEY 5145
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase al “Club Infantil de Banfield”, ubicado en la calle Belgrano 1783, Banfield, partido de Lomas de Zamora, con carácter de subsidio y por una sola vez, la suma de cinco mil pesos moneda nacional ($ 5.000m/n), destinados a solventar los gastos que demande el traslado de sus juegos infantiles, como así el mejoramiento de los mismos, ampliación, etc., debiendo rendir cuenta de su inversión.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.