LEY 14184

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1º: Declárase Bien de Interés Histórico Testimonial de la Provincia de Buenos Aires, bajo el marco legal de la Ley 10.419 y su modificatoria Ley 12.739, al Puente Ferroviario Giratorio, ubicado sobre la Avenida Almafuerte esquina Santa Fe sobre el Canal Oeste del Puerto La Plata, partido de Ensenada

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de octubre del año dos mil diez.