LEY 4301

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 22 de abril del corriente año, por el cual se refunden en uno solo los Ítems 10, 11 y 12 del inciso 26, del Presupuesto vigente, por un monto total de un millón diez mil pesos moneda nacional ($ 1.010.000 m/n), con el cual se atenderá indistintamente el pago de los servicios de Bonos de Pavimentación del 7 y del 6 por ciento de interés anual, emitidos y a emitirse de acuerdo con el régimen de la ley número 4125.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.