Fundamentos de la

Ley 11426

 

            El transporte y las comunicaciones constituyen elementos por demás significativos en el proceso de desarrollo de los pueblos.

            En el caso del transporte, la importancia radica en su doble función, relativa al movimiento de persona y bienes y a la promoción de regiones de desarrollo potencial.

            En un país como el nuestro, caracterizado por largas distancias, la aeronavegación cumple una función esencial, permite enlazar los principales centros demográficos y mantener u estrechar mayores vínculos en lo económico y en lo cultural.

            Es una localidad como Villa Gesell, que constituye uno de los centros turísticos más importantes de la Provincia, obvio destacar la importancia de su aeródromo en lo que atañe a su promoción turística. En efecto, su instalación, contribuyó notablemente a intensificar y fomentar el desarrollo de ese rubro, acrecentando año a año el fulo de visitantes, proporcionando un aumento de divisas y un significativo crecimiento de la oferta laboral, dado el importante efecto multiplicador del sector.

            Señor legislador, el presente proyecto no tiene otra salvedad más que mantener el aeródromo de la localidad de Villa Gesell en las mismas condiciones de funcionamiento.

            Actualmente, las balizas del aeropuerto se encuentran instaladas en el territorio que se propone expropiar, existiendo, por parte del titular de las tierras, una negativa para que continúen ubicadas en su propiedad.

            En este encuadramiento y una vez hechas algunas breves consideraciones respecto de la importancia socio-económica del aeródromo, es que presentamos la iniciativa que hoy ponemos a vuestra consideración y le solicitamos su voto favorable.