L E Y 12962
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Autorízase al Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural S.P.A.R., a ceder una subestación trifásica de 40 KVA, dos bifásicas de 10 KVA, cinco bifásicas de 5 KVA, correspondientes a la obra: "Construcción de Acueducto y Planta de bombeo en Treinta de Agosto" a favor de la Cooperativa Limitada de Provisión y Servicios Eléctricos, Obras y Servicios Públicos, Asistenciales y Créditos, Vivienda y Consumo de Trenque Lauquen, por un valor total de $ 9.693 (Pesos Nueve Mil Seiscientos Noventa y Tres), y a integrar acciones de la citada Cooperativa hasta ese valor.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.