DECRETO 1764/77

 

LA PLATA, 3 de AGOSTO de 1977.

 

VISTO que el Artículo 107 de la Ley 8.721 faculta al Poder Ejecutivo a aprobar los Planteles Básicos de cada Jurisdicción, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Nº 965/77 se aprobó la respectiva Reglamentación y el Nomenclador de Cargos que determinan la citada Ley;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1.- Apruébanse a partir del 1º de Abril de 1977, los Planteles Básicos de los Organismos que se detallan en las Planillas Anexas, pertenecientes a la Jurisdicción 06, Ministerio de Bienestar Social, y que forman parte del presente Decreto.

 

ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Bienestar Social.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

NOTA: Las planillas Anexas no se encuentran digitalizadas. Dado que las mismas constan de más de 1.000 fojas, lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.