DECRETO 1698-GPBA-19

 

LA PLATA, BUENOS AIRES

Jueves 5 de Diciembre de 2019

 

VISTO el EX-2018-31212287-GDEBA-SLYT y la Ley N° 15.105, regulatoria del ejercicio profesional de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Ley N° 15.105 se creó el Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, como persona de derecho público no estatal;

 

Que corresponde designar al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación de la misma, en virtud de ser el organismo que determina el régimen institucional de todas las profesiones que se ejercen en el territorio de la provincia, conforme lo establece el artículo 24 inciso 8 de la Ley N° 14.989;

 

Que a su vez, en los artículos 59 y 60 de la Ley N° 15.505, se prevé la creación de una Junta Electoral, conformada por tres miembros titulares y tres suplentes, para que convoque a elecciones de autoridades del nuevo colegio profesional;

 

Que dichos miembros deben ser designados por el Poder Ejecutivo, a propuesta de las entidades representativas de los profesionales;

 

Que por acta n° 7 de la Comisión Promotora del Colegio de Profesionales de Seguridad e Higiene se propicia la designación, como miembros de la Junta Electoral, de Rubén Daniel FERNÁNDEZ, Patricia Mariana ALACANO y Fernando Rubén CRIVARO como titulares, y de Noelia Ayelén ANDRADA, Daniel Alberto SILVA y Damián INSAURRALDE como suplentes;

 

Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º. Designar autoridad de aplicación de la Ley Nº 15.105 al Ministerio de Justicia, a través de la Dirección de Entidades Profesionales o la repartición que en el futuro la reemplace, la cual dictará las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias que resulten necesarias.

 

ARTÍCULO 2°. Designar a los miembros de la Junta Electoral para la convocatoria a elecciones de las autoridades del Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo en la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley Nº 15.105, la que estará integrada por los siguientes miembros:

TITULARES

Rubén Daniel FERNÁNDEZ (DNI 14.264.576)

Patricia Mariana ALACANO (DNI 26.803.956) Fernando Rubén CRIVARO (DNI 17.620.702)

SUPLENTES

Noelia Ayelén ANDRADA (DNI 36.758.077)

Daniel Alberto SILVA (DNI 8.704.019)

Pablo Damián INSAURRALDE (DNI 29.792.433)

 

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.

 

Gustavo Alfredo Ferrari, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora