Provincia de Buenos Aires

INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL

Resolución N° 3.287/16

La Plata, 2 de junio de 2016.

 

VISTO el expediente Nº 2914-9193/16, iniciado por D.G.P., caratulado:  MODIFICACIÓN DEL LISTADO DE ELEMENTOS Y VALORES PREVISTOS EN LA RESOLUCIÓN N° 2.648/14, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por las presentes actuaciones la Dirección General de Prestaciones eleva propuesta tendiente a la modificación de los valores para la provisión de audífonos, contemplados por el IOMA en la Resolución del Directorio N° 2.648/14, Anexo 1 “Listado de Elementos y Valores”, fundado ello en la discordancia de dichos importes con los vigentes en el mercado, y en el incremento de solicitudes de mayor cobertura por excepción, que requieren su resolución por este Directorio;

 

Que en la presente propuesta además del aumento de valores para la prestación de audífono retroauricular digitalmente programable (incluye pilas y cargador) y audífono intercanal digitalmente programable (incluye pilas y cargador), también se prevé la inclusión de pilas y cargador para los dos primeros ítems y la cobertura de reparación, limpieza y calibración;

 

Que a tales fines, se adjunta a fojas 2 el Anexo donde se detallan los nuevos valores, y por fojas 3/6 el informe que da cuenta de la necesidad de la modificación propuesta con el objetivo de actualizar los valores de las prácticas y cobertura de cien por ciento (100%) para los afiliados menores de dieciocho (18) años. Con cobertura de monto fijo para todos los afiliados de dieciocho (18) años o más. A su vez se adjunta planilla del gasto, en la cual se detalla el gasto, estimando el aumento provocado por las modificaciones propuestas;

 

Que a fojas 7/25 se agrega copia de la Resolución de Directorio N° 2.648/14 y sus Anexos, con los valores vigentes;

 

Que a fojas 27, luce la imputación presupuestaria del gasto por la suma de pesos cincuenta

y tres millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos ocho con treinta y ocho centavos ($53.467.508,38) atendido con el cargo a la partida: EN 200, PRG 1, AES 1, Finalidad 3, Función 1, Principal 3, Subprincipal 4, Par 8, Fuente de Financiamiento 1.2, Ejercicio 2016 Ley N° 14.807;

 

Que el Departamento de Coordinación deja constancia que el Directorio en su reunión de fecha 1° de junio de 2016, según consta en Acta N° 20,Resolvió: 1) Dejar sin efecto el Anexo 1 de la Resolución del Directorio N° 2.648/14, “Listado de Elementos y Valores”, y aprobar la propuesta de modificación de valores y elementos para la provisión de audífonos obrante a fojas 2, a partir del 1° de junio de 2016 y para todos los trámites que se encuentran en curso, la que quedará como Anexo 1 de la Resolución a dictarse, manteniéndose vigente el resto de la Resolución N° 2.648/14, en todo lo que no haya sido motivo de modificación; 2) Dejar establecido que no corresponde el tratamiento por parte del directorio de este IOMA, de las solicitudes vinculadas a los elementos detallados en el Anexo 1 del acto administrativo a dictarse;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 6.982 (T.O. 1.987).

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Dejar sin efecto el Anexo 1 “Listado de Elementos y Valores” de la Resolución del Directorio N° 2.648/14, referido a la cobertura de audífonos.

 

ARTÍCULO 2º. Aprobar el Anexo 1 “Listado de elementos y valores” para afiliados de dieciocho (18) años o más que forma parte de la presente Resolución, y la cobertura del cien por ciento (100%) para menores de dieciocho (18) años, todo con vigencia a partir del 1º de junio de 2016, e incluyendo todos aquellos trámites que se encuentren en curso, ello en virtud de los considerandos que anteceden.

 

ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que no corresponde el tratamiento por parte del Directorio de este IOMA, de las solicitudes vinculadas a los elementos detallados en el Anexo 1 del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 4º. Ratificar la Resolución N° 2.648/14, en todo lo que no haya sido motivo de modificación por esta Resolución.

 

ARTÍCULO 5º. El gasto será atendido con el cargo a la partida: EN 200, PRG 1, AES 1, Finalidad 3, Función 1, Principal 3, Subprincipal 4, Par 8, Fuente de Financiamiento 1.2, Ejercicio 2016 Ley N° 14.807.

 

ARTÍCULO 6º. Registrar. Comunicar a la Dirección General de Administración, a la Dirección General de Prestaciones y a la Dirección General de Regionalización y por intermedio éstas a todas las direcciones a cargo de cada una. Pasar a las demás Direcciones intervinientes del Instituto para su conocimiento. Publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Sergio D. Cassinotti

Presidente

 

ANEXO 1

 

LISTADO DE ELEMENTOS Y VALORES

 

Prestación                                                                                          Valor Hasta

Audífono retroauricular digitalmente programable

(incluye pilas y cargador)                                                                     $20.000

Audífono intercanal digitalmente programable

(incluye pilas y cargador)                                                                    $20.000

Audífono retroauricular superpotentes                                                 $24.000

Sistema FM                                                                                       $30.000

Reparación, limpieza y calibración                                                       $2.000

Cable Corto o Tempo (Implante Coclear)                                           $900

Cable Largo o Remoto (Implante Coclear)                                         $1.500

Porta Pilas/batería Implante Coclear                                                   $3.000

Pilas/ Baterías Audífonos                                                                    $24

Pilas/ Baterías Implante Coclear                                                          $24

C.C. 7147