CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE BAHÍA BLANCA

Resolución 2/16

 

Puerto de Bahía Blanca, 22 de marzo de 2016.

 

VISTO el expediente administrativo 351/13– CGPBB “Licitación Servicio contra incendio en Posta para Inflamables de Puerto Galván - Alcance 3 – TARIFAS” y,

 

CONSIDERANDO:

 

El acta acuerdo suscripta entre el CGPBB y “TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.” con fecha 30 de abril de 2015,

Lo resuelto por este Directorio con fecha 13 de julio de 2015 (conf. Acta de Directorio 856) en cuanto a la compensación económica voluntaria a abonar a  TRANSPORTADORA

DE GAS DEL SUR SA” por los equipos e instalaciones entregados a este CGPBB junto con la tenencia de las instalaciones ubicadas en la Posta para Inflamables de Puerto Galván, y Lo establecido en el contrato de concesión de servicio de operación y mantenimiento del sistema contra incendio de la Posta para Inflamables de Puerto Galván suscripto con fecha 30 de abril de 2015 entre la empresa HYDRA ARGENTINA S.A. y el CGPBB;

 

Por lo tanto, conforme resulta del Acta de Directorio 870,

 

EL DIRECTORIO DEL CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE

BAHÍA BLANCA,

RESUELVE:

 

PRIMERO: Ajustar la tarifa que abonan los usuarios en concepto de “servicio contra incendio” en la Posta para Inflamables de Puerto Galván, al valor de doscientos dólares con dieciocho centavos (UDS 200,18) por hora o fracción, con vigencia a partir del 1 de mayo de 2015.

 

SEGUNDO: Incorporar la nueva tarifa al inciso 6.5 del apartado 6 del Capítulo VIII del Título I del Reglamento General del Puerto de Bahía Blanca.

 

TERCERO:HYDRA ARGENTINA S.A. deberá efectuar el crédito horario que  orresponda

a cada usuario por los servicios utilizados a partir del 1 de mayo de 2015, por el diferencial de la reducción en el valor de la hora de servicio o fracción a partir de la nueva tarifa individualizada en el artículo primero de esta resolución, el cual se efectivizará mediante una bonificación equivalente en forma proporcional a las horas de servicio prestados y facturados.

 

CUARTO: HYDRA ARGENTINA procederá al cobro de los servicios prestados a TGS SA desde el 1 mayo de 2015, conforme la nueva tarifa establecida en el artículo primero de esta Resolución, según cotización tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina para las operaciones de venta del dólar estadounidense al cierre del último día hábil cambiario anterior a la facturación.

 

QUINTO: Regístrese, y por Secretaría procédase a notificar a las empresas HYDRA ARGENTINA S.A. y TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., con copia de la presente Resolución. Cumplido, archívese.

Hugo Antonio Borelli, Presidente; Enrique Fortunato, Director Secretario; Santiago

Minnaard, Apoderado Hydra Argentina; Claudio Marcelo Conte, Secretario General.

 

C.C. 4.138