DECRETO 184/59
VISTO el expediente Nro. 2706-1774/58, por el cual el Ministerio de Asuntos Agrarios propone la habilitación del Mercado de Frutos de Campana, la aprobación de sus tarifas y régimen administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que es conveniente dotar de un centro de comercialización a los productores de su zona de influencia;
Que esta medida ha de redundar en beneficio de la producción y del consumo, por la mayor oferta y demanda;
Que estos mercados tienden a eliminar la intermediación innecesaria, haciendo que el productor se ponga en contacto directo con el consumidor;
Por ello, atento a lo
informado por
EL PODER EJECUTIVO DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Habilítase el funcionamiento del Mercado de Frutos de Campana, el que dependerá del Ministerio de Asuntos Agrarios, Dirección de Economía Agraria, quien arbitrará las providencias necesarias para su buen funcionamiento.
ARTÍCULO 2.- La administración del referido establecimiento será ejercida por el actual Administrador del Mercado de Frutos del Tigre, quien podrá disponer del personal que estima indispensable perteneciente a este organismo, para prestar transitoriamente servicios en el Mercado de Frutos de Campana hasta tanto sea aprobado su presupuesto.
ARTÍCULO 3.- Regirán para este Mercado, el Reglamento General, Reglamento Interno y Régimen Tarifario del Mercado de Frutos de Tigre, reducidas las tarifas en un veinte por ciento.
ARTÍCULO 4.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente.
ARTÍCULO 5.- Notifíquese al señor Fiscal Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios a sus efectos.