Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución N° 161

 

La Plata, 27 de abril de 2012.

 

VISTO el expediente Nº 2300-1791/12, por el cual se propicia determinar como Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público a la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, las Leyes Nº 13.757 y Nº 13.767 y modificatorias, los Decretos Nº 1.887/06, Nº 206/07, Nº 1.826/08, Nº 92/11, y

 

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 17 de la Ley de Ministerios Nº 13.757, modificada por las Leyes Nº 13.881, N° 13.927, N° 13.929, N° 13.975, N° 14.131 y N° 14.199, se establecen las competencias del Ministerio de Economía;

Que mediante los artículos 1º y 6° del Decreto Nº 206 de fecha 26 de diciembre de 2007, se crea la Agencia Provincial de Desarrollo en el ámbito del Ministerio de Economía, la cual se integra, entre otros, con la estructura orgánico funcional de la Dirección Provincial de Política de Financiamiento y Crédito Público, modificando su denominación como Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público y, asimismo, establece que la Agencia Provincial de Desarrollo tiene a su cargo el Subsistema de Crédito Público;

Que, posteriormente, mediante el Decreto Nº 1.826/08 se transfiere de la órbita de la Agencia Provincial de Desarrollo al ámbito de la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección

Provincial de Deuda y Crédito Público y su desagregación estructural hasta nivel de Departamento aprobada por Decreto Nº 1.887/06;

Que, asimismo, el Decreto Nº 1.826/08 suprime el artículo 6º y modifica el inciso 6) del Anexo 5 del mencionado Decreto Nº 206/07 B, quedando la Subsecretaría de Hacienda como Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público previsto por la Ley Nº 13.767;

Que, atento las distintas modificaciones normativas a la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Economía y con el objeto de adecuar la diversidad de normas existentes, el Decreto Nº 92/11, aprueba una nueva estructura organizacional del Ministerio de Economía y deroga los decretos precedentemente reseñados;

Que el artículo 60 de la Ley Nº 13.767 establece que el Ministro de Economía determinará el órgano u organismo de la Administración que ejercerá la función de Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público;

Que el Decreto Nº 92/11 en su Anexo 2a establece las acciones de la Subsecretaría de Hacienda, entre las que se encuentra “ …coordinar con el Órgano Rector del Sistema de Crédito Público la atención de los servicios de deuda y la determinación de la necesidad de financiamiento…”;

Que, asimismo, el mencionado Anexo 2a establece como una de las acciones de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público “…entender en la planificación, dirección, coordinación y control del funcionamiento del Subsistema de Crédito Público previsto en la Ley Nº 13.767 de Administración Financiera y del Sistema de Control de la

Administración General del Estado Provincial…”;

Que, en virtud de las funciones y competencias asignadas por el Decreto Nº 92/11, corresponde determinar como Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público a la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público conforme lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley Nº 13.767;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 60 de la Ley Nº 13.767 y los Decretos Nº 3.260/08 y Nº 3.264/08;

 

Por ello,

 

LA MINISTRA DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Determinar como Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público a la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda.

 

ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Silvina Batakis

Ministra de Economía

C.C. 6.017