Fundamentos de la
Ley 11041
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de Ley por medio del cual se cambia el destino expropiatorio del inmueble sito en la Avenida Maipú Nros. 2272/86 de la localidad de Olivos, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Manzana 40º, Parcela 1-a, dominio inscripto a nombre de esta Provincia bajo el Folio 1377 del año 1975 del partido de Vicente López.
El precipitado bien, mediante la sanción y promulgación de la ley 8360, fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación y destinado a la construcción de un Centro Asistencial.
El Decreto-Ley 9034/78 le fijó como nuevo destino expropiatorio “el de construcción de viviendas para el personal militar del Ejército Argentino con destino en unidades y reparticiones de la Ciudad de Buenos Aires y Gran Buenos Aires y su grupo familiar conviviente, salvaguardándose así las razones de seguridad que derivan de su ubicación inmediata a la residencia presidencial”.
La citada Institución castrense declinó su interés en contar con dicho inmueble y siendo de imprescindible utilidad para el fisco bonaerense, destinar el mismo para la instalación y funcionamiento de Organismos del Ministerio de Gobierno, se propicia la modificación de la norma, asignándole un nuevo destino expropiatorio.
Dios guarde a vuestra Honorabilidad.