Fundamentos de la Ley 12301

 

            Una presentación a todos los bloques políticos de la Honorable Cámara efectuada por la totalidad de los miembros del cuerpo de consejeros escolares del partido de Lomas de Zamora, lleva a que, al fin se pueda observar con claridad meridiana la realidad a la que han sido sometidos los consejos escolares de la Provincia, organismos de la Constitución, compuestos por ciudadanos elegidos por el voto popular e instituciones fundamentales en la representación de la sociedad en la administración local y el gobierno inmediato de las escuelas públicas, desde la sanción de la Ley 11.612.

            Sin entrar a abundar en críticas puntuales a la norma aludida, que nos llevarían a impulsar su derogación lisa y llana, creemos que la modificación que solicitan los consejeros escolares de Lomas de Zamora, es atendible y entendible y merece ser considerada afirmativamente por los señores diputados.

            La solicitud se refiere a la reforma del inciso b) del artículo 72 de la Ley 11.612, en lo atinente a la frecuencia de las sesiones que deben celebrar los nombrados cuerpos, la que está establecida en dos semanales.

            Los consejos escolares peticionantes expresan la imposibilidad de sesionar dos veces a la semana, ya que siendo los consejeros escolares funcionarios que trabajan sin asesores, secretarios y/o asistentes, deben en forma personal preparar cada sesión y reunirse los presidentes de los bloques y acordar criterios.

            Agregan que por otra parte son los mismos consejeros los que, conformadas las comisiones de trabajo tal cual lo estipula la misma ley, deben reunirse para llevar a cabo las distintas tareas.

            Señalan, asimismo, que todo ello insume una cantidad de tiempo que dificulta la visita a las escuelas que directivos, cooperadores y comunidad en general reclaman en forma permanente.

            No es ni poca ni fácil la labor de los consejeros escolares de distrito y su función ha venido siendo menoscabada con el transcurso del tiempo, y muchos hechos que no vienen al caso señalar nos dan la razón.

            Entendemos que la solicitud a la que se alude como fundamentación de esta iniciativa legislativa tiene la seriedad y la base de experiencia suficiente como para eximirnos de más comentarios e invitar, así, a los señores diputados a acompañarnos en el voto positivo a este proyecto de ley.