Provincia de Buenos Aires

ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 206/17

 

La Plata, 17 de febrero de 2017.

 

VISTO el expediente Nº 2145-139070/17, las Leyes N° 11.720 y 14.853, los Decretos N° 806/97 y N° 650/11, la Resolución de la ex Secretaría de Política Ambiental N° 593/00 y las Resoluciones del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible N° 132/10 y N° 157/12, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 4° del Decreto N° 806/97, modificado por el Decreto N° 650/11, reglamentario de la Ley N° 11.720 de Residuos Especiales faculta a este Organismo Provincial a establecer la forma, los plazos y modo en que los obligados procederán al pago de la Tasa Especial que prevé el mismo;

 

Que el artículo 8° del Decreto reglamentario mencionado, establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada a efectos de obtener el Certificado de Habilitación Especial;

 

Que mediante Resolución OPDS N°157/12, se modificó el artículo 2° de la Resolución ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00, estableciendo como fecha de vencimiento para la declaración jurada prevista en el artículo 8° del Decreto Nº 806/97 el último día hábil del mes de febrero de cada año;

 

Que la Resolución N° 132/10 estableció en su artículo 2° que los formularios creados y aprobados por las Resoluciones de la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00, Nº 797/00 y Nº 1408/00 y sus modificatorias, deban ser generados en el sitio Web del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible;

 

Que las modificaciones en la presentación de la declaración jurada que se han producido como consecuencia de la informatización de dicho procedimiento, han llevado a una mayor celeridad, economía y eficacia en las actuaciones administras;

 

Que tal procedimiento ha producido un considerable aumento de presentaciones de declaraciones juradas de generadores de residuos especiales, generando asimismo una constante demanda de mejoras en la adaptación del sistema de declaración jurada vía web, situación que ocasiona demoras en el mismo;

 

Que resulta imprescindible asegurar a los administrados el derecho a presentar en tiempo las obligaciones requeridas por esta Autoridad de Aplicación;

 

Que por lo expuesto y ante el inminente vencimiento del plazo de presentación de la Declaración Jurada de Residuos Especiales del corriente año, resulta necesaria su prórroga de manera excepcional y por única vez;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 11.720 y N° 14.853;

 

Por ello;

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Prorrogar la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago de la Tasa Especial establecida en los artículos 8° y 4° del Decreto N° 806/97 y su modificatorio N° 650/11, correspondiente al año 2017, hasta el día 31 de marzo de 2017, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que vencido el plazo de presentación, este Organismo Provincial procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 13 del Decreto N° 806/97 y su modificatorio N° 650/11, sin perjuicio de aplicar las sanciones que correspondan en virtud a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N° 11.720.

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (S.I.N.B.A.), pasar a la Coordinación Ejecutiva de Fiscalización Ambiental. Cumplido, Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.

 

Ricardo Eduardo Pagola

Director Ejecutivo

C.C. 3042