Decreto 699/2020
La Plata, 11 de agosto de 2020
VISTO el expediente EX-2020-03094979-GDEBA-HIAVLPMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia la designación, a partir del 1° de febrero de 2020, del Médico Carlos Christian VARELA como Director Ejecutivo del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, y
CONSIDERANDO:
Que se propicia la designación del Médico Carlos Christian VARELA, a partir del 1° de febrero de 2020, en el cargo de Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con lo determinado por el artículo 9º del Decreto Nº 135B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria;
Que dicha medida se efectúa teniendo en cuenta la vacante producida por el cese en el cargo de Carlos Eduardo MARINO, concretado mediante Decreto N° 578/2020, a partir del 31 de enero de 2020;
Que corresponde concretar la medida tramitada por estas actuaciones, exceptuándola de las condiciones determinadas en el primero y segundo párrafo de la norma legal mencionada precedentemente, por cuanto en el nosocomio de marras no se ha constituido Consejo de Administración, y por contar el causante con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por Decreto N° 99/2020;
Que en virtud del trámite propiciado, Carlos Christian VARELA reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “C”- Especialidad: Terapia Intensiva, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020, a partir del 1° de febrero de 2020, al Médico Carlos Christian VARELA (DNI N° 22.362.721 – Clase1971), como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con lo establecido por el artículo 9º de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, reglamentada por Decreto Nº 135B/03, con excepción de las condiciones determinadas en el primero y segundo párrafo de dicha norma legal.
ARTÍCULO 2º. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero 2020, el cargo que posee el profesional mencionado en el artículo precedente, como Médico de Hospital “C”- Especialidad: Terapia Intensiva, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador