Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 93

 

La Plata, 21 de mayo de 2015.

 

VISTO el expediente Nº 2300-160/15, las Leyes Nº 10189, 13403, Nº 13767 y 14652, el Decreto-Ley Nº 7764/71, los Decretos Nº 3260/08, 3300/72 y Nº 59/15, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Nº 59/15 encomendó al Ministerio de Economía la emisión de títulos de deuda pública provincial y/o la realización de toda otra operación de crédito público en el mercado internacional de capitales para el ejercicio 2015, en el marco de las autorizaciones otorgadas por los artículos 34 y 35 de la Ley Nº 14.652 y el artículo 64 de la Ley Nº 13.767, incluyendo la determinación de los términos y condiciones financieras convenientes en cada oportunidad, la aprobación de aquellas contrataciones que resultaren necesarias a efectos de la implementación de dichas operaciones y la aprobación de documentos relacionados;

 

Que, en el marco de lo dispuesto por el mencionado Decreto Nº 59/15, el artículo 61 de la Ley Nº 13.767 y el artículo 61 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, teniendo en cuenta los requerimientos propios de este tipo de operaciones, se propicia autorizar a BNP Paribas Sucursal Buenos Aires y Merrill Lynch Argentina Sociedad Anónima para que, por sí o a través de sus afiliadas y/o subsidiarias y/o de sus respectivas casas matrices y/o controlantes, actúen como agentes colocadores y/o coordinadores de las operaciones de crédito público a realizar en el mercado internacional de capitales;

 

Que, asimismo, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 59/15, se considera conveniente autorizar al Subsecretario de Hacienda y/o a la Directora Provincial de Deuda y Crédito Público, a aprobar la elección de las entidades que actuarán como agentes colocadores y/o coordinadores en las futuras operaciones de crédito público a realizar en el mercado internacional de capitales;

 

Que, por otro lado, se propicia autorizar al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que actúe como colocador local no exclusivo en las operaciones de crédito público que se realicen en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 59/15;

 

Que, asimismo, se aprueba el modelo de Contrato de Suscripción a ser firmado con las entidades que actúen como agentes colocadores en cada emisión de títulos públicos a realizar;

 

Que, es habitual en las operaciones de crédito público a realizar en el mercado internacional de capitales contar con calificaciones de riesgo otorgadas por agencias calificadoras de prestigio internacional;

 

Que, en el marco de los contratos celebrados entre la Provincia y Standard & Poor’s  de fecha 2 de octubre de 2006 respecto al servicio de calificación de riesgo a escala global, con Moody’s Investors Service de fecha 9 de octubre de 2006 respecto a la calificación a escala global y con Moody’s Latin America Calificadora de Riesgo S.A. de fecha 10 de mayo de 2010 a escala nacional, que fueran aprobados por Resolución del Ministerio de Economía Nº 323/06 y el Decreto Nº 449/10 respectivamente; se considera conveniente ampliar la contratación de las mismas en relación a la calificación de los títulos a emitir;

 

Que, teniendo en cuenta las particulares condiciones de especialización técnica requeridas, las contrataciones antes mencionadas se enmarcan en el artículo 26 inciso 3º) apartado h) del Decreto-Ley Nº 7764/71;

 

Que el Decreto Nº 59/15 exceptúa de las disposiciones que resulten pertinentes del Decreto Nº 3300/72 -Reglamento de Contrataciones- a aquellos contratos a suscribir con instituciones del exterior y/o que tengan cumplimiento fuera del país así como también establece que no resultará exigible la inscripción en el Registro de Proveedores de las instituciones a contratar, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 101 inciso h) del Decreto Nº 3300/72 -Reglamento de Contrataciones-;

 

Que, asimismo, en el marco de la encomienda del Decreto Nº 59/15, el Ministerio de Economía podrá acordar en los convenios relativos a las citadas operaciones de crédito público que así lo requieran, la aceptación de ley aplicable extranjera, la prórroga de jurisdicción y la renuncia a cualquier inmunidad soberana y/o defensas de no justiciabilidad conforme lo dispone el artículo 34 de la Ley N° 13403 incorporado a la Ley N° 10189 - texto ordenado por Decreto 4502/98 y sus modificatorias – Ley Complementaria Permanente de Presupuesto -;

 

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 61 de la Ley Nº 13767, el artículo 61 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el artículo 26 inciso 3º) apartado h) del Decreto-Ley Nº 7764/7 y el Decreto Nº 59/15;

 

Por ello,

 

LA MINISTRA DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Autorizar a BNP Paribas Sucursal Buenos Aires y Merrill Lynch Argentina Sociedad Anónima para que, por sí o a través de sus afiliadas y/o subsidiarias y/o de sus respectivas casas matrices y/o controlantes, actúen como agentes colocadores y/o coordinadores de las operaciones de crédito público a realizar en el mercado internacional de capitales.

 

ARTÍCULO 2º. Autorizar al Subsecretario de Hacienda y/o la Directora Provincial de Deuda y Crédito Público a aprobar la elección de las entidades que actuarán como agentes colocadores y/o coordinadores en futuras operaciones de crédito público a realizar en el mercado internacional de capitales.

 

ARTÍCULO 3º. Autorizar al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que actúe como agente colocador local no exclusivo en las operaciones de crédito público que se realicen en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 59/15.

 

ARTÍCULO 4º. Aprobar el modelo de Contrato de Suscripción a ser firmado con los agentes colocadores en cada una de las emisiones de títulos públicos que se prevean realizar en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 59/15, el que forma parte integrante del presente como Anexo 1.

 

ARTÍCULO 5º. Aprobar los modelos de Carta Mandato con Standard & Poor’s y Moody’s Investors Service para que efectúen la calificación a escala global, en el marco de los Contratos aprobados por Resolución del Ministerio de Economía Nº 323/06, y del Contrato con Moody’s Latin America Calificadora de Riesgos S.A aprobado por Decreto Nº 449/10, para que efectúe la calificación a escala nacional de los títulos públicos provinciales a ser emitidos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 59/15, con su correspondiente traducción al castellano, los que forman parte integrante del presente como Anexos 2, 3 y 4 respectivamente.

 

ARTÍCULO 6º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Silvina Batakis

Ministra de Economía

C.C. 6.547

 

 

NOTA: Los Anexos de la presente Resolución no se encuentran en poder de la Dirección de Boletín Oficial. En caso de necesitarlos, le sugerimos requerirlos al Organismo firmante de la citada norma