DECRETO 97/2013

La Plata, 23 de enero de 2013.

VISTO el expediente N° 2400-3750/12 del Ministerio de Infraestructura mediante el cual se gestiona la ampliación de los fondos autorizados al Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial en los Decretos N° 1230/10, N° 2077/10, N° 3366/10 y N° 615/12 con relación a diferentes obras públicas, así como la incorporación al citado plan de una serie de obras autorizadas por la Comisión Bicameral de Seguimiento del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que los citados Decretos incorporaron al Plan de Infraestructura Provincial una serie de obras, estimándose en cada uno de ellos un valor que resulta actualmente exiguo en función de las variaciones evidenciadas en los costos de la construcción;

Que por Decreto N° 1230/10 se autorizó la ejecución de una serie de obras por la suma de pesos doscientos veintiún millones novecientos mil ($221.900.000), extendiéndose el mismo mediante Decreto N° 618/12 en la suma de pesos cinco millones ochocientos catorce mil doscientos ochenta y cinco ($5.814.285) y estableciendo el incremento automático en los casos de redeterminación de las obras a solicitud de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas;

Que en el Decreto N° 2077/10 se incluyeron distintas obras detalladas en su Anexo I por valor de pesos cincuenta y cinco millones ciento veintiún mil trescientos cuarenta ($55.121.340);

Que en el Decreto N° 3366/10 se aprobó la incorporación de las obras detalladas en el Anexo I y Anexo II por valor de pesos ciento dieciocho millones novecientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta y nueve ($118.939.759);

Que en el Decreto N° 615/12 se incluyó una serie de obras detalladas en su Anexo I por un valor total de pesos ciento quince millones quinientos sesenta y siete mil trescientos treinta y siete con veintisiete centavos ($115.567.337,27);

Que por Actas N° 4, N° 5, N° 6, N° 7 y N° 8 la Comisión Bicameral para el Seguimiento del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial dictamina favorablemente sobre la incorporación de distintas obras públicas que se detallan en el Anexo Único del presente, y cuyo monto asciende a pesos trescientos noventa y cuatro millones seiscientos noventa y seis mil treinta y cinco ($394.696.035);

Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno, lo informado por Contaduría General de la Provincia y la vista de Fiscalía de Estado, procede dictar el pertinente acto administrativo que disponga la ampliación de las reservas bajo análisis y la inclusión de las obras dictaminadas por la Comisión Bicameral;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Autorizar al Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial a la ampliación de los fondos aprobados para la ejecución de las obras incluidas en los Decretos N° 1230/10, N° 2077/10, N° 3366/10 y N° 615/12 hasta finalizar su ejecución.

ARTÍCULO 2°. Incluir las obras detalladas en el Anexo Único, que consta de dos (2) fojas y forma parte integrante del presente, dentro de las obras financiadas por el Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, cuyo monto asciende, en conjunto, a la suma de pesos trescientos noventa y cuatro millones seiscientos noventa y seis mil treinta y cinco ($394.696.035), sin perjuicio de la oportuna ampliación de sus respectivos presupuestos, conforme lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º. Autorizar las erogaciones que se generen como consecuencia de las Redeterminaciones de precios de las obras incluidas en los artículos 1º y 2° del presente Decreto, las que deberán considerarse como ampliaciones del presupuesto previsto para cada una de ellas.

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura.

ARTÍCULO 5º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y girar al Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archivar

Alejandro G. Arlía Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Infraestructura Gobernador

ANEXO ÚNICO

PROFIDE PLAN DE OBRAS 2012

PARTIDO OBRA REPARTICIÓN

Villa Gesell Gasoducto Mar de las Pampas BAGSA

Monte Hermoso Gasoducto de Refuerzo, alimentación con gas natural a la localidad de Monte Hermoso BAGSA

9 de Julio Obras Complementarias del Sistema de Suministro de Agua de 9 de Julio DIPAC

General Rodríguez Infraestructura Básica DIPAC

Chivilcoy Plan Director de Chivilcoy, Macromallas y Planta Correctora Calidad de Agua DIPAC

9 de Julio Red Troncal de Desagües Cloacales DIPAC

Lomas de Zamora Operación y mantenimiento de la Estación de Bombeo del Arroyo Unamuno DIPSOH

Pergamino Represa A° Pergamino. Defensa y desagües pluviales en la ciudad. Etapa II DIPSOH

Azul Obra de regulación del Arroyo Azul (Presa Isadora) DIPSOH

San Antonio Aliviador del Puente Viejo en Río Areco de Areco DIPSOH

Avellaneda Centro Quirúrgico- Obstétrico y Neonatología. Ana Goitía DPA

Olavarría LMT 33 kV Olavarría-Espigas, 65 km y ET 33/13,2 kV en Las Espigas DPE

General Villegas LMT 33 kV Gral. Villegas-Bandareló, 45 km – ET 33/13,2 kV en Bandareló DPE

Puán ET Puán, 132/33/13,2 kV, 15 MVA DPE Chascomús- Repavimentación de 30 km en RP N° 20.

General Paz Tramo Chascomús - Ranchos DVBA

Luján-Navarro Repavimentación RP N° 47. Tramo Navarro – Acceso a Chozas DVBA

San Andrés de Giles- San Refuerzo Estructural de Pavimento en la RP Antonio de Areco N° 41. Tramo RN N° 7-RN N° 8 DVBA