DEPARTAMENTO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DECRETO 795

La Plata, 6 de octubre de 2014.

VISTO que se propicia designar a Jorge Alberto TELERMAN en el cargo de Coordinador de la Información Gubernamental de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO

Que la comunicación y transparencia de los actos de gobierno funda las bases de la democracia y el sistema republicano de gobierno;

Que resulta necesario proceder a la adopción de medidas tendientes a consolidar el desarrollo y difusión de la información gubernamental de la Provincia;

Que en tal sentido y a fin de fortalecer las relaciones con los medios y contribuir a mejorar la interpretación y el entendimiento de las acciones en curso, es menester delimitar las funciones que estarán a cargo del Coordinador de la Información Gubernamental de la Provincia de Buenos Aires;

Que las mismas consistirán principalmente en acciones de planificación, enlace y análisis contextual y coordinado de la gestión de gobierno, en pos de una óptima transmisión de la información oficial;

Que las referidas funciones serán ejercidas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Gobernador, a fin de garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la información de interés público;

Que Jorge Alberto Telerman, actual Presidente del Instituto Cultural de la provincia de Buenos Aires, reúne las condiciones y aptitudes necesarias para desempeñar la función de Coordinador de la Información Gubernamental de la provincia de Buenos Aires;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Designar a Jorge Alberto TELERMAN (D.N.I 11.816.735 - Clase 1955) como Coordinador de la Información Gubernamental de la Provincia de Buenos Aires, con carácter “ad-honorem” y sin perjuicio de sus funciones como Presidente del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2. Determinar que el Coordinador de la Información Gubernamental de la Provincia de Buenos Aires tendrá las siguientes funciones: a) Ejercer la vocería oficial del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Gobernador, a fin de garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la información de interés público.

b) Participar en el desarrollo de las políticas y estrategias de la gestión de gobierno para su adecuada comunicación a los medios y al público en general.

c) Asesorar y/o asistir a las autoridades provinciales acerca de sus relaciones con la prensa y con respecto al impacto en los medios y en el público en general de las políticas, programas o propuestas que se desarrollen en sus ámbitos.

d) Coordinar planes de acción con las autoridades provinciales y mantener reuniones informativas necesarias para conocer las gestiones de cada repartición y evaluar la necesidad y oportunidad de su difusión.

e) Participar en la planificación y coordinación de las conferencias de prensa, entrevistas, sesiones informativas y todo otro evento que involucre al Gobernador o a sus funcionarios de Gobierno.

f) Entender en la emisión de comunicados, anuncios, discursos, y/o supervisar la redacción de los mismos y del mensaje que se transmite.

g) Actuar como enlace de las oficinas de prensa de la Gobernación y de las distintas reparticiones que la conforman, coordinando la articulación de acciones en forma permanente con la Secretaría de Comunicación Pública.

ARTÍCULO 3o. Suprimir del Anexo 3 del Decreto 11/11 B, el apartado 2 de las acciones previstas para la Secretaría de Comunicación Pública.

ARTÍCULO 4o. Dejar establecido que Jorge Alberto TELERMAN podrá percibir compensación en concepto de viáticos y/o movilidad siempre que fuera imprescindible para el estricto cumplimiento de las tareas encomendadas, de conformidad con el Decreto N° 388/07 y modificatorios.

ARTÍCULO 5o. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6o. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial yal SINBA. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez                                                  Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de Gabinete                     Gobernador

de Ministros