DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA

DECRETO 1.183

 

La Plata, 18 de agosto de 2011.

 

VISTO el expediente Nº 2300-1171/11 por el cual se tramita el dictado de un decreto relacionado con la política salarial inherente a los agentes enmarcados en la Ley Nº 10.374 y modificatorias; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley Nº 10.374 y modificatorias, regula el marco salarial de los agentes que prestan servicios en el Poder Judicial;

 

Que la política salarial dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial se implementará con carácter anual a partir del 1º de marzo de 2011;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 23 de la Ley Nº 14.199 -de Presupuesto General correspondiente al Ejercicio 2011- y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º - Fijar a partir del 1º de marzo de 2011, los sueldos básicos de los niveles salariales correspondientes a los agentes que se desempeñan bajo el régimen establecido por la Ley Nº 10.374 y sus modificatorias, en los importes mensuales que se indican en el Anexo Único que forma parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 2º - Dejar sin efecto, a partir del 1º de marzo de 2011, los términos del Decreto Nº 208/11.

 

ARTÍCULO 3º - El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Trabajo, de Justicia y Seguridad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 4º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA,  pasar al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

 

Alejandro G. Arlía                               Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Economía              Gobernador

 

Oscar A. Cuartango

Ministro de Trabajo

 

Alberto Pérez

Ministro Jefatura de Gabinete de Ministros

 

Ricardo Casal

Ministro de Justicia y Seguridad