Fundamentos de la Ley 12807
La urgencia que la sanción de este proyecto requiere se evidencia en un boletín informativo traído por un grupo de madres de niños abusados sexualmente, el mismo expresa: "los violadores son gente allegada a los niños: parientes, vecinos, profesores, etc." Y "se esmeran por aparentar ser cariñosos con los niños y buenas personas ante la sociedad". Tomando esto, una de las vías para prevenir este delito es suministrar información sobre los riesgos y los recursos para evitarlos que los mismos niños tienen.
En un artículo publicado por la psicóloga Mónica P. Diner a cargo del curso de postgrado sobre Prevención del Abuso Infantil en la Universidad Nacional de Buenos Aires en "La Nación" (el 17 de noviembre de 1998) dice refiriéndose al abuso en términos genéricos: "... siempre es un hecho traumático y provoca mayores o menores perturbaciones del desarrollo psicofísico del infante y del adolescente, muchas de las cuales se hacen evidentes solo en la edad adulta". Y agrega que: "Las trastornos pueden manifestarse en distintas áreas: aprendizaje (dificultades de concentración o comprensión), conducta (gran inhibición o agresividad), sexualidad (inhibición extrema o erotización prematura), psicosomática (trastornos del sueño, de alimentación), corporal (golpes, lesiones). Y desde el punto de vista social podemos hablar de deserción y fracaso escolar, delincuencia, prostitución, enfermedades invalidantes".
El abuso en términos generales (incluido el abuso sexual) genera innumerables perjuicios, el desconocimiento de los menores al respecto tiene efectos sumamente perjudiciales posibilitando que se produzca y/ o extienda la situación. Los niños deben recibir información a través de la vía institucional y, desde luego, a través de sus padres. Estar prevenido y saber cómo actuar es un arma que resultará decisiva para los niños ante esta eventualidad. La intervención estatal a través de la presente ley intenta reducir los casos y puede convertirse en un instrumento para interrumpir que se extiendan los que existen revirtiendo también las secuelas que este delito acarrea para nuestra sociedad.
Si frases y hechos, actitudes reiteradas u omitidas reiteradamente por parte de los trasmisores de la idiosincrasia, terminan por definir las conductas de los chicos, las nociones que tienen de su cuerpo y cómo deben comportarse; la urgencia de la implementación del presente programa reside en la puerta abierta que se plantearía para cada niño como potencial víctima de los delitos en cuestión y como futuro transmisor de información.
Hechos aberrantes como los que intentamos prevenir, nos alertan reiteradamente sobre la necesidad de que el Estado tome cartas en el asunto, aportando la información necesaria para que estas situaciones irreparables sean prevenidas o no se reiteren.
Considerando el derecho inalienable de cada pequeño de acceder a las oportunidades y facilidades que le posibiliten crecer plenamente, en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires se han aprobado dos proyectos que abordan la problemática del abuso sexual de menores.
Tratando de combatir la violencia familiar, esta H.C.S. aprobó en 1998 un proyecto de ley. En esta ocasión, también se presenta la posibilidad de hacer frente a una problemática que afecta la sociedad toda. Por ello solicitamos a esta honorable Cámara que acompañe con su voto favorable este proyecto de ley.